1989/09/12

DOCUMENTACIÓN | DERECHOS | EL PARLAMENTO EUROPEO SE OPONE A LA DISCRIMINACIÓN DE LAS PERSONAS TRANSEXUALES

El Parlamento Europeo se opone a la discriminación de los transexuales.
Agencias | El País, 1989-09-12

https://elpais.com/diario/1989/09/13/sociedad/621640808_850215.html 

El Parlamento Europeo aprobó ayer por mayoría un informe contra la discriminación de los transexuales en el que se pide a los doce, entre otras medidas, que la Seguridad Social se haga cargo de los gastos de tratamiento psicológico, endocrinológico, plástico-quirúrgico y estético.

También se ha solicitado al Consejo de Ministros de la CE que en lo relativo al derecho de asilo se incluya como causa la persecución por motivos de transexualidad, así como que se provea a los transexuales, durante su período de adaptación sexual, de documentos de identidad en los que se les reconozca como tales y que sean reconocidos en toda la CE.
 
El estudio, presentado ante la Eurocámara, señala que "la dignidad del hombre y la protección de la personalidad humana implican, necesariamente, el derecho de llevar una vida conforme a su identidad sexual", y añade que "la aceptación social del cambio de sexo deja mucho que desear". El informe califica la transexualidad de "síndrome relativamente raro, que afecta sólo a una persona de cada 100.000", y no debe confundirse con la intersexualidad ni con el travestismo.

Hasta el momento, sólo un país de la Comunidad, Dinamarca, cubre por completo las operaciones de cambio de sexo, mientras que la RFA sólo lo hace si se considera que la operación es necesaria como tratamiento de una enfermedad.

En Holanda se paga la depilación eléctrica, con gastos hasta 1.500 florines (unas 500.000 pesetas); en Francia existe la posibilidad de que el tratamiento por electrolisis se reembolse, y en Bélgica, el tratamiento y la operación se cubren por la Seguridad Social "sólo cuando se ha disfrazado que el verdadero motivo del tratamiento es la transexualidad".

Sin normativa
En España, Italia, Grecia, Portugal, Irlanda y Luxemburgo, la Seguridad Social no cubre los gastos de operación que se deriven de un cambio de sexo.

El informe señala que en España no hay aún una normativa que regule "el derecho a cambiar de sexo, y sólo pueden obtenerse documentos legales con nuevo nombre y sexo tras un mandato judicial".

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