Mostrando entradas con la etiqueta Planificación familiar. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Planificación familiar. Mostrar todas las entradas

1990/10/24

DOCUMENTACIÓN | VIH-SIDA | EDUCACIÓN OBLIGÓ A CAMBIAR EL ANUNCIO DE LOS CONDONES PARA ADOLESCENTES EN TELEVISIÓN

Educación obligó a cambiar el anuncio de los condones para adolescentes en televisión.
Azucena Criado | El País, 1990-10-24

https://elpais.com/diario/1990/10/25/sociedad/656809204_850215.html 

El Ministerio de Educación no dio su aprobación al anuncio de televisión preparado por el Ministerio de Sanidad y Consumo dentro de la campaña destinada a potenciar el uso de preservativos entre adolescentes para reducir tanto las enfermedades sexuales como los embarazos. Educación se opuso a que apareciese la imagen de un profesor mostrando un preservativo a sus alumnos. Esto ha obligado a rodar un nuevo anuncio, con el riesgo de retrasar el inicio de la campaña, prevista para el próximo día 1. En la campaña, con un presupuesto de 600 millones de pesetas, participa también el departamento de Asuntos Sociales.

Ayer por la tarde había concluido el rodaje del nuevo anuncio, pero faltaba todavía la sonorización y el visto bueno de los distintos ministerios para poder presentarlo en TVE. En la primera versión la acción se desarrollaba en un aula entre un grupo de alumnos y un profesor. Tras encontrar éste un preservativo, les interrogaba sobre quién era su dueño. En el anuncio, que será presentado hoy a los responsables de la campaña, la acción se desarrolla en un gimnasio y el profesor ha sido sustituido por un personaje de mediana edad sin ningún signo que le identifique: puede ser el dueño del centro o el padre de algún chico. El desenlace se ha mantenido casi igual.

Todos a una
Al entrar en el recinto recoge un condón y se dirige a los chicos -de unos 16 o 17 años- para intentar saber a quién pertenece. Varios de ellos se identifican como su dueño. Simultáneamente, aparece sobreimpreso en la pantalla el mensaje del Ministerio de Sanidad y Asuntos Sociales: el preservativo te libra de una seria enfermedad.

Alvaro Marchesi, director general de Renovación Pedagógica, afirmó ayer que no había visto personalmente los anuncios y justificó la actitud de Educación aduciendo que "había una excesiva concentración de la información en un objeto, un preservativo, como centro de la educación sexual. Creemos que ésta es importante y debe haberla en los centros escolares pero cuidando de no incidir exclusivamente en un método".

Según Marchesi, el asesoramiento del Ministerio de Educación es un trámite habitual en las campañas de Sanidad y Consumo. "Sabíamos que se estaba preparando esta campaña y nos pareció conveniente decir algo en relación con la mentalidad de los adolescentes para que la campaña fuese más útil y más equilibrada. Pero no sé hasta qué punto ha pesado la opinión de Educación", concluye Marchesi. Fuentes cercanas a este organismo afirman que la actitud del Ministerio de Educación y Ciencia se debió al temor a que se produjesen protestas por parte de un sector del profesorado al ver que se utilizaba una imagen que podía interpretarse como divulgadora de preservativos.

Saben qué hacer, pero no dónde ir.

Azucena Criado | El País, 1990-10-24

https://elpais.com/diario/1990/10/25/sociedad/656809202_850215.html

La necesidad de realizar una campaña para reducir el número de embarazos entre adolescentes se planteó hace ya casi seis años, según Victoria Abril, responsable en aquel momento de los temas de salud en el Instituto de la Mujer. "Como primera medida se realizó una campaña informando de los métodos anticonceptivos a la población general, porque nunca se había hecho nada en ese sentido. La información dirigida la las adolescentes plantea un problema adicional: saben qué hacer, pero no tienen dónde ir para solicitar los métodos anticonceptivos. No hay apenas nada enfocado a ellos", dice Victoria Abril. Una joven que quiera acudir a un ginecólogo se encuentran ante la disyuntiva de pedir la cartilla de la Seguridad Social a sus padres, con lo cual éstos se enteran de que mantiene relaciones sexuales, o pagar una consulta privada. Pero éstas tienen, generalmente, un precio considerado alto por los más jóvenes.

Para obviar este problema se han puesto en marcha iniciativas aisladas como la de Comunidad Autónoma de Madrid. Cuatro centros privados, beneficiarlos de una subvención de 19 millones de la Consejería de Salud de la Comunidad Madrid, con el fin de "facilitar a las jóvenes una atención ginecológica y de planificación familiar a una edad en la que no se dispone de efectivos económicos", según Margarita García Baquero, portavoz del Servicio Regional de Salud.

Para recibir la subvención deben satisfacerse dos requisitos: no establecer listas de espera para estas adolescentes, entre 16 y 21 años, porque si se ven obligadas a esperar durante un periodo largo pueden desanimarse y cambiar de opinión y, en segundo lugar, los centros deberán establecer un día fijo cada semana para atender a las adolescentes, con el fin de evitar que las chicas se puedan encontrar con sus madres o conocidos en la sala de espera.

La subvención de 19 millones de pesetas se reparte también en otros doce centros municipales de planificación de la comunidad madrileña.

1983/04/27

DOCUMENTACIÓN | DERECHOS | DESPENALIZADAS LA ESTERILIZACIÓN Y LA CIRUGÍA TRANSEXUAL

Despenalizadas la esterilización y la cirugía transexual.
Bonifacio de la Cuadra | El País, 1983-04-27

https://elpais.com/diario/1983/04/28/espana/420328823_850215.html 

El Pleno del Congreso que continuó ayer el debate sobre la reforma parcial y urgente del Código Penal que concluirá, hoy, aprobó ayer entre otras novedades, la despenalización de la esterilización y la cirugía transexual. El Grupo Popular se opuso a esta innovación e invocó, en lo que se refiere a las facilidades jurídicas para el cambio de sexo, que pueden ser utilizadas para eludir las penas actualmente previstas para quien, a través de la automutilación, pretenda eximirse del servicio militar. El diputado del Grupo Popular, José María Ruiz Gallardón, aseguró que el nuevo precepto se había introducido de forma sorprendente en la comisión de Justicia e Interior del Congreso, por lo que se había reservado la palabra para argumentar contra ella en el Pleno. Recordó que el nuevo precepto viene a continuación del capítulo relativo a las lesiones, ya que se incorpora al artículo 428, en el que se establece que las penas señaladas en el capítulo citado "se impondrán en sus respectivos casos, aún cuando mediare consentimiento del lesionado".

Ruíz Gallardón leyó que lo que ahora se añade es lo siguiente: "No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, el consentimiento libre y expresamente emitido exime de responsabilidad penal en los supuestos de trasplante de órganos efectuados con arreglo a lo dispuesto en la ley, esterilizaciones y cirugía transexual realizadas por facultativos, salvo que el consentimiento se haya obtenido viciadamente o mediante precio o recompensa, o el otorgante fuera menor o incapaz, en cuyo caso no será válido el prestado por éstos ni por sus representantes legales".

Adelantó que su grupo no se oponía a la despenalización del trasplante de órganos, pero señaló que tratándose de una reforma parcial y urgente, no era propio de ella incluir tal precepto, cuando incluso uno de mayor trascendencia, el relativo al aborto, había sido excluido de esta reforma. Aseguró que no es socialmente tenido por urgente la necesidad de la esterilización ni la cirugía transexual.

Respecto a esta última, recordó que el artículo 425 prevé pena de prisión menor -de seis meses a seis años de cárcel- para quien se mutilare o prestare su consentimiento para ser mutilado con el fin de eximirse del servicio militar, y que tal penalización podría eludirse mediante el nuevo precepto.

El portavoz del Grupo Popular aseguró que la disponibilidad de cada ciudadano sobre su propio cuerpo tiene límites en la ética social. "Salvo con fines curativos, no puede entenderse acorde con esa moral -y conste que no hablo de moral cristiana sino de moral social- este tipo de operaciones y menos aún cuando pueden producir la exención de un deber cívico como es el de servir a la patria".

El socialista Álvaro Cuesta defendió el progreso que la innovación suponía, avalada por razones sociales y científico-médicas. Destacó que el artículo 418 castiga la esterilización con la pena de reclusión menor -de doce a veinte años de cárcel- la misma que para el homicidio. Asimismo, consideró absurda la situación actual que permite castigar al que realiza la intervención y no al que la consiente. Invocó las conclusiones del I Congreso Nacional de Planificación Familiar celebrado el pasado año en Gijón y el derecho comparado, especialmente referido a Estados Unidos. En cuanto a la exención del servicio militar, estimó que el nuevo precepto no afecta a lo que se establece frente a ese tipo de delito.

La boda del violador con la violada
Otra novedad introducida en el Código Penal se refiere al perdón del ofendido en los delitos de abusos deshonestos, estupro y rapto. En todos estos casos, para que el perdón produzca efectos, deberá ser oído el fiscal y aprobarlo el tribunal competente. En el caso de la violación, la exigencia es más alta, ya que se establece que en este delito, "el perdón del ofendido mayor de edad o del representante legal o guardador de hecho del menor de edad o incapaz, no extingue la acción penal". Esta reforma significa, en definitiva, que el juez tendrá que continuar persiguiendo al violador, sin que éste pueda alegar que ha sido perdonado por la violada. Por supuesto que el nuevo precepto habla de ofendido y no exige que siempre sea mujer la violada y hombre el violador.

En cambio, el diputado Juan Ramón Calero empleó la terminología de ofensor y ofendida, porque no en balde este diputado del grupo Popular defendió, sin éxito, el mantenimiento de la agravante de desprecio de sexo. Calero defendió ayer, con el mismo resultado, que se añadiera un párrafo según el cual "el matrimonio del ofendido con el ofensor extingue, en cualquier momento y sin necesidad de aprobación del tribunal, la acción penal o la pena impuesta o en ejecución”.

En favor de su pretensión, se refirió “a las costumbres existentes en algunos lugares de nuestro país, consistentes en el rapto de la novia para ahorrar los gastos de la boda”. El socialista Cuesta se opuso tajantemente a la enmienda, por estimar que atenta contra la libertad sexual y favorecer matrimonios de intereses. Cuesta insistió en que el matrimonio del violador y el ofendido no presume que se haya producido perdón y, a estos efectos, señaló que el Código Penal portugués deja en suspenso durante cinco años el efecto del perdón cuando se produce matrimonio entre el violador y la violada.

1983/04/15

DOCUMENTACIÓN | DERECHOS | LA ESTERILIZACIÓN Y LA CIRUGÍA TRANSEXUAL SERÁN DESPENADAS

La esterilización y la cirugía transexual serán despenadas.
Bonifacio de la Cuadra | El País, 1983-04-15

https://elpais.com/diario/1983/04/16/espana/419292022_850215.html 

El hecho de consentir la realización de un trasplante de órganos, así como la esterilización y la cirugía transexual, eximirá de responsabilidad penal a quienes la practiquen. Así fue aprobado ayer por la Comisión de Justicia e Interior del Congreso, ante la que el socialista Álvaro Cuesta defendió una enmienda que obtuvo la aceptación de la mayoría de la comisión y el rechazo de la minoría formada por los grupos Popular y Centrista. El vigente Código Penal dedica un capítulo a las lesiones, y, al término del mismo, una disposición general establece que las penas señaladas en el mismo se impondrán "aun cuando mediare consentimiento del lesionado".

La modificación, que no había sido proyectada por el Gobierno, consiste en añadir en el artículo 428 un segundo párrafo que textualmente dice así: "No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, el consentimiento libre y expresamente emitido exime de responsabilidad penal en los supuestos de trasplante de órganos efectuados con arreglo a lo dispuesto en la ley, esterilizaciones y cirugía transexual realizadas por facultativo, salvo que el consentimiento se haya obtenido viciadamente, mediante precio o recompensa o el otorgante fuera menor o incapaz, en cuyo caso no será válido el prestado por éstos y por sus representantes legales".

Cuesta reconoció que se trataba de un tema espinoso, pero que era necesario conjugar la libertad personal con otros bienes jurídicos. Invocó el código alemán occidental y la vieja aspiración de la planificación familiar, y, concretamente, las conclusiones del I Congreso de Planificación Familiar, celebrado en Gijón en noviembre de 1982. Aseguró que en numerosas clínicas privadas, urológicas o ginecológicas, se practican operaciones de vasectomía y de ligadura de trompas. En una clínica de Cataluña, de la que no citó el nombre, se han realizado más de 1.000, según dijo. El diputado del Partido Socialista Obrero Español dijo que su partido deseaba ser realista y atender también las reivindicaciones feministas.

Por el Grupo Popular, José María Ruiz Gallardón se opuso a la enmienda y criticó que se hubiera colado de ‘rondón’ y sin avisar en la comisión. Recordó que se trata de una reforma parcial y urgente, en la que, según dijo, puede no caber un tema que produce "una cierta tensión para gran parte de la sociedad-española". Indicó también que el proyecto de despenalización del aborto había sido separado de la reforma del Código Penal, por lo que tampoco consideraba que fuera urgente la nueva cuestión planteada.

Juan María Bandrés felicitó al Grupo Socialista por la enmienda progresista presentada y, por la Minoría Catalana, Josep Maria Trias de Bes también expresó su conformidad.

1978/12/27

DOCUMENTACIÓN | DERECHOS | CONSEGUIR ANTICONCEPTIVOS SIGUE SIENDO DIFÍCIL

Conseguir anticonceptivos sigue siendo difícil
Karmentxu Marín | El País, 1978-12-27

https://elpais.com/diario/1978/12/28/sociedad/283647605_850215.html 

Con más de mes y medio de retraso sobre el plazo anunciado, el Gobierno ha regulado la expedición de anticonceptivos por un decreto del Ministerio de Sanidad publicado en el Boletín Oficial del Estado, el pasado día 25. Este decreto desarrolla la ley de 7 de octubre de este año, que modificó los artículos 416 y 343 bis del Código Penal. Algunos piensan que las campanas lanzadas al vuelo para saludar lo que se ha denominado despenalización de la venta y publicidad de anticonceptivos han sonado de forma prematura. Las opiniones son para todos los gustos: desde las que afirman que la reforma del Código Penal desde el punto de vista de los anticonceptivos es nula, hasta las que dicen que esto supone una retención de los medios anticonceptivos ha elaborado la siguiente información.

Las españolas, el 53% de la población de este país, van a tener prácticamente las mismas dificultades que hasta ahora para conseguir anticonceptivos, aunque la reforma del Código Penal de 7 de octubre de este año y el reciente decreto del Ministerio de Sanidad, que regula su expedición y publicidad, pudieran hacer creer lo contrario. En última instancia, el acceso a los anticonceptivos de venta en el mercado español -hasta ahora, casi exclusivamente, los anovulatorios- queda en manos de los médicos, de los que, si bien nadie discute su competencia y la necesidad de un control clínico para el consumo de determinadas sustancias farmacológicas, también se teme, como ha venido sucediendo en muchos casos, que se opongan a la receta de anticonceptivos tras alegar razones deontológicas. Parece que la solución estaría, por una parte, en que la reforma de la Seguridad Social incluyera la posibilidad de elección de médico y, por otra, en que no se pusieran trabas para la comercialización de métodos anticonceptivos no exclusivamente químicos, que, hasta ahora, tienen una nula presencia en el mercado español.

Las disparidades en torno al tema de los anticonceptivos han empezado a hacerse patentes en el seno de la propia Administración. De hecho, la clasificación que de los medios anticonceptivos ha hecho la Subdirección General de la Condición Femenina, del Ministerio de Cultura, y la del decreto del Ministerio de Sanidad, publicado el pasado día 25, contienen algunas diferencias. Condición Femenina considera los espermicidas como medios ‘mecánicos’ de evitar la procreación, mientras que Sanidad los clasifica como ‘químicos’, y los incluye en la consideración de especialidades farmacéuticas, que el decreto somete a un rígido control.

Estas diferencias entre Sanidad y Condición Femenina se hicieron patentes también el pasado día 14, fecha en que el Ministerio de Sanidad inauguró un centro de orientación familiar en Vallecas, apertura en la que no estuvo presente ninguna componente del equipo de Condición Femenina.

El nuevo artículo 343 bis del Código Penal, reformado por ley del pasado 7 de octubre, establece que «los que expendieren medicamentos de cualquier clase o medios anticonceptivos sin cumplir las formalidades legales o reglamentarias serán castigados con las penas de arresto mayor y multa de 20.000 a 100.000 pesetas». Como disposición adicional de la citada ley, se decía que «el Gobierno, en el plazo de un mes, a partir de la publicación de la presente ley, regulará, mediante decreto, la expedición de anticonceptivos», regulación que no se ha hecho hasta el pasado día 25, es decir, más de un mes y medio después del plazo fijado.

La expendición de anticonceptivos estaba ya regulada. El decreto de 1 de diciembre de 1977 sobre publicidad de especialidades farmacéuticas prohibía toda publicidad que no fuese regulada por el Ministerio de Sanidad, y hacía referencia a las especialidades farmacéuticas reguladas en la orden de 11 de mayo de 1977, que estipula la obligatoriedad de la receta para la venta de anovulatorios, y el decreto de 10 de agosto de 1963, al que se remite la citada orden. También el decreto de Sanidad se remite a estas dos disposiciones legales citadas.

Los cambios son nulos
A juicio de Pedro Luis Yáñez Román, jurista de la Universidad Autónoma de Madrid y asesor de la Federación de Organizaciones Feministas hasta la disolución de ésta, «de todo lo anterior, con la remisión de unas disposiciones a otras, se desprende que los cambios hechos en la materia son nulos. El decreto de agosto de 1963 fue desarrollado por dos órdenes: una de 7 de enero de 1964, que prohíbe la publicidad de especialidades y enfermedades venéreas, y otra de 14 de agosto de 1965, sobre anticonceptivos. Esta orden de 1965 está recogida íntegramente por la ya citada de 11 de mayo de,, 1977, y también por el actual decreto del Ministerio de Sanidad. En definitiva, sigue siendo obligatoria la receta para poder comprar anovulatorios y sigue prohibida la publicidad de anticonceptivos si no está autorizada previamente por Sanidad».

«Por otra parte -sigue Pedro Luis Yáñez-, el decreto de 1 de diciembre de 1977 prohíbe la publicidad de anticonceptivos sin la autorización previa de la Dirección General de Ordenación Farmacéutica. Pero hay que tener en cuenta que en ningún caso se permite la publicidad de las especialidades farmacéuticas que necesitan receta, por lo que la citada prohibición resulta innecesaria.»

El señor Yáñez explica que «el nuevo decreto no supone ningún cambio porque, en definitiva, se sigue castigando a quien expenda anticonceptivos sin receta, aunque su consumo y uso nunca ha estado penado, según reconoce una sentencia del Tribunal Supremo de 1947. Con arreglo a la legislación vigente y al nuevo decreto de Sanidad, la receta continúa siendo obligatoria, salvo en el caso -y ésta es la única excepción- de los dispositivos intrauterinos que, curiosamente, no se venden en las farmacias ni se pueden colocar en casa, sino que tiene que hacerlo un médico, aparte de que su seguridad es menor que la de los anovulatorios. Incluso, se da un paso atrás al aumentar las penas para quienes infringieran estas normas: antes, la pena máxima era un multa de 20.000 pesetas y arresto; ahora sube a arresto mayor y la multa puede ir de 20.000 a 100.000 pesetas, además de que en la actualidad se considera como un delito contra la salud pública».

Reforma demagógica y espectacular
«Es un precepto legal -sigue el profesor Yáñez- basado en la presunción espúrea de que los anticonceptivos corrompen la moral y las buenas costumbres. Es como si para dramatizar el uso de las motos se prohibiera el uso de cascos de seguridad. Por otra parte, el que se le haya convertido en un delito contra la salud pública es ya viejo, pues lo apuntaban las circulares de la Fiscalía del Tribunal Supremo, de 2 de marzo de 1906 y 5 de mayo de 1908, que se remitían a las Reales Ordenanzas de Farmacia de entonces. Estas lo justificaban "porque es notoriamente escandaloso lo que de un modo tan directo y público ultraje la moral y las buenas costumbres (...) por cuanto tienden a contrariar la naturaleza con daño o menoscabo de sus funciones". Considero que esto va en perjuicio de la mujer como persona y como clase, pues suprime una decisión emanada del derecho a la intimidad, ya que el uso de anticonceptivos queda a criterio del médico y a éste se le convierte en una especie de delegado gubernativo.»

«En esta línea de opinión -termina Pedro Luis Yáñez- está también el diputado socialista Pablo Castellanos, quien, según el Diario de Sesiones de las Cortes, declaró, con motivo de la discusión del proyecto sobre anticonceptivos que esta es una reforma inútil, pírrica, demagógica y espectacular".»

A juicio de Jaime Cortezo, presidente del Patronato de Protección a la Mujer, miembro de la Comisión de Codificación y militante de UCD, el decreto del Ministerio de Sanidad que regula la publicidad y expedición de los anticonceptivos «es echar agua al vino» con respecto a la ley de reforma del Código Penal de 7 de octubre de este año, ya que, opina, «el decreto de Sanidad da una interpretación restrictiva a la citada reforma».

«En cuanto a que se exija receta para los anticonceptivos en cuya composición entran sustancias químicas que pueden estar contraindicadas para una determinada persona, no me parece criticable, sino oportuno. En Estados Unidos creo que no se despachan gafas oscuras sin receta -sigue el señor Cortezo-. Ahora, es cierto que aquí puede haber choques con la deontología de determinados médicos que pueden negarse a extender esa receta.»

Jaime Cortezo no cree que pueda hablarse de un aumento de sanción para quienes expendan anticonceptivos sin receta: «El nuevo artículo 343 bis del Código Penal castiga con penas de arresto mayor y multa de 20.000 a 100.000 pesetas a quienes expendieren medicamentos de cualquier clase o medios anticonceptivos sin cumplir las formalidades reglamentarias. La modificación consiste en incluir en este artículo los medios anticonceptivos, pero el que ahora sea un ‘delito contra la salud pública’ es disminuir el sentido filosófico de la clasificación, ya que antes estaba en el título de ‘delitos contra las personas’. El antiguo artículo 416 del Código Penal castigaba con arresto mayor y multa de 5.000 a 100.000 pesetas a quienes vendieran, anunciaran o divulgaran medicamentos, sustancias o procedimientos capaces de provocar o facilitar el aborto o de evitar la procreación. Si ahora la punición económica va de 20.000 a 100.000 pesetas, lo único que se ha hecho es elevar el mínimo de la multa. Y hay que tener en cuenta que en el Código Penal se han ido modernizando las multas, ya que las 100.000 pesetas de ahora no son las de antes. La ley de Enjuiciamiento Civil castiga con 250 pesetas de multa la no comparecencia de testigos en un juicio. ¿Qué ciudadano va a dejar durante una mañana el trabajo para evitar una sanción tan ridícula»

El control médico es necesario
El equipo de la Subdirección General de la Condición Femenina, del Ministerio de Cultura, no ha querido juzgar con precisión hasta qué punto la reforma del Código Penal del pasado mes de octubre y el decreto del Ministerio de Sanidad suponen avances e innovaciones reales para la mujer. Suzelle Bannel, especialista en medios anticonceptivos, comenta que «la planificación familiar no puede reducirse al consumo de anovulatorios. Pedimos medios menos agresivos que la píldora, que es hormonal, o métodos mecánicos, como el diafragma Para tomar anovulatorios es necesario un control médico, pero para mí el problema no es que los vendan o no, sino poder ir al médico que quieras y que te recete lo más adecuado. Por otra parte, hay que tener en cuenta que la división de los anticonceptivos hecha por Sanidad y por Condición Femenina no coincide. Yo he clasificado los espermicidas como medios mecánicos porque, aunque tengan composición química, no pueden valorarse como los anovulatorios. Darles la misma clasificación me parece sorprendente».

María del Mar Vanaclocha, subdirectora general de la Condición Femenina, tampoco quiere entrar a juzgar las reformas, aunque opina que «la política de planificación familiar no es sólo un control demográfico, sino el derecho de la persona a regular su sexualidad. Hablar sólo de la píldora es un error, pues también hay que considerar los medios naturales y otros métodos. La Administración debe regular la expendición de anticonceptivos, porque si no podrían ganar las multinacionales o las empresas con monopolio. Los anovulatorios no deben darse sin receta, ya que si una medicina la emplea una persona que no deba tomarla, puede sufrir trastornos». A la pregunta de si le parece positivo el decreto sobre estos temas elaborado por Sanidad, la subdirectora general responde: «Es difícil saberlo.»

Tany Mulero y María Dolores Díez, que llevan la parte jurídica de Condición Femenina, opinan que «el decreto de Sanidad pretende retener el uso indebido de anticonceptivos. Ese decreto no parece demasiado contundente ni creemos que sea importante el trato que se da a los productos químicos; lo que preocupa es que no potencia otro tipo de métodos, como el diafragma. En definitiva, es una retención. de los medios anticonceptivos, no sólo de los químicos».

«Esperemos -termina Tany Mulero- que no se hagan distingos entre mujer soltera y casada desde el punto de vista moral, aunque sí en cuanto a la seguridad de los métodos. En esto nuestra intención es clara: el tema está en la Subdirección General de la Condición Femenina y no en la de la Familia.»

MIKEL/A, AQUÍ ESTAMOS Y NO NOS OCULTAMOS

Mikel/a enseña cacho en la 2ª Gayakanpada de EHGAM, 27-29 agosto 1993, Muxika // STARS COFLHEE es un trabajo realizado por Julen Zabala Alon...