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1988/11/13

DOCUMENTACIÓN | OFENSIVAS | USAR PRESERVATIVO, INCLUSO PARA PREVENIR EL SIDA, ES BLASFEMINA SEGÚN WOJTILA

El Papa cree que el uso de preservativos es una blasfemia contra Dios incluso para prevenir el SIDA.
Juan Arias | El País, 1988-11-13

https://elpais.com/diario/1988/11/14/sociedad/595465204_850215.html 

Juan Pablo II permanece inamovible en la prohibición del uso de anticonceptivos -incluso para evitar el contagio del SIDA-, a los que ha considerado una "blasfemia contra Dios" en un discurso pronunciado ante 300 teólogos que han asistido la pasada semana en Roma a un congreso de teología moral para conmemorar el 20º aniversario de la encíclica ‘Humanae vitae’, de Pablo VI. En contraste, un 90% de los profesores de teología moral no considera pecado el uso del condón. Para el Papa, el uso de anticonceptivos "no admite excepciones ni por motivos personales ni sociales".

Estas palabras del Papa han sido interpretadas en el sentido de que ni siquiera ante el peligro de contagio del síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA), por ejemplo en una pareja en la cual uno de ellos resultase positivo, puede usarse la píldora o el preservativo. El diario ‘La Repubblica’ de ayer titulaba así a toda página el discurso del papa Wojtyla: "La anticoncepción es una blasfemia". Juan Pablo II lo ha afirmado, aunque en una forma más sutil. Dijo que "rechazar la doctrina del magisterio de la Iglesia sobre la anticoncepción es oponerse a la idea misma de la santidad de Dios", lo cual, traducido al lenguaje común católico, es ‘blasfemar’.

El discurso papal ante 300 teólogos de todo el mundo ha sido muy severo, con afirmaciones como que sólo el "dudar" de la encíclica del papa Montini conduce a la quiebra de la fe. El Papa ha llegado a decir que la aceptación de los anticonceptivos, cosa que contradice la santidad misma de Dios, "hace vana la cruz de Cristo y acaba negando la dignidad del hombre".

Discrepancias con el Papa
En su discurso, Karol Wojtyla ha exigido a los teólogos "el mismo lenguaje de la ‘Humanae vitae’". Y es que durante el congreso ha quedado dramáticamente claro para la Iglesia que, entre los católicos, el 90% de los profesores de teología moral no considera pecado el uso de anticonceptivos cuando existen razones suficientes para ello, que deben juzgarse en conciencia por los esposos. Y el 70% de los confesores no considera pecado el uso de la píldora u otros anticonceptivos si existen motivos justificados, y en la misma diócesis del Papa, en Roma, según un sondeo reciente, el 60% de los católicos no se confiesa ya de usar los métodos artificiales de control de natalidad, al no considerarlos pecado.

Juan Pablo II ha admitido en su discurso que estos últimos años "no han faltado, por desgracia, por parte de un cierto número de profesores, formas de abierto disenso contra lo que Pablo VI había enseñado en su encíclica". Y a esos teólogos "que se alejan", dijo, "del magisterio de la Iglesia", el papa polaco les ha advertido que acabarán "exponiéndose a la vanidad del error y a la esclavitud de las opiniones".

Durante el congreso, el teólogo personal del papa Wojtyla, monseñor Scaffarra, presidente del Instituto Pontificio para la Familia, había constatado que, en materia de teología moral, la Iglesia católica está viviendo hoy, dijo, "la confusión de una segunda torre de Babel".

El teólogo había llegado a afirmar que el uso de métodos artificiales es un "homicidio", y que incluso los llamados "métodos naturales", como el Ogino-Knaus, son aceptados por la Iglesia sólo en casos de gravísima excepción, y que nunca el papa los ha considerado en sí como éticamente lícitos.

Juan Pablo II ha afirmado que los que en estos 20 años han criticado la doctrina de Pablo VI en materia de control de natalidad en realidad se han opuesto "a la misma doctrina cristiana de la conciencia moral, aceptando la idea de conciencia creativa de la norma moral". Wojtyla no sólo ha presentado la doctrina restrictiva de la Iglesia sobre el control de natalidad como un problema de moral para los católicos, sino como algo válido para todos.

1987/11/18

DOCUMENTACIÓN | POLÍTICA | EL ESCÁNDALO PÚBLICO, EN CUESTIÓN

El escándalo público, en cuestión.
Enrique Miret Magdalena | El País, 1987-11-18

https://elpais.com/diario/1987/11/19/sociedad/564274801_850215.html 

Los casos calificados de escándalo público ocurridos en los últimos meses en España han reavivado una polémica sobre la moral y la mojigatería. El autor se refiere al fariseísmo que domina en algunas de las conductas escandalizadas y propone una verdadera campaña de protección al menor y una reflexión serena sobre lo que la sociedad tendría que preguntarse sobre su actitud.

El juez de Azuaga y el chico condenado a la cárcel por sus demostraciones con la novia, que después se suicida; las bañistas de Cádiz, más o menos desnudas, acusadas de delito contra la moralidad pública; las canciones de Las Vulpes por televisión; el ‘Teledeum’, y los nudistas de la playa gallega, son algunos de los casos que han chocado a la opinión y han llevado a casi todos nuestros parlamentarios hacia la supresión de los obsoletos artículos 431 y 432 del Código Penal sobre esta materia, y el 239 acerca de la blasfemia, por el cual fue condenado un famoso personaje español. El mal de algunas leyes es que proceden de un clima totalmente diferente al actual: una sociedad -la franquista- dirigida por el nacionalcatolicismo en materia sexual, en la cual tenía la "Nación Española" a "timbre de gloria" el "acatamiento a la Ley de Dios, según la doctrina de la Santa Iglesia Católica, Apostólica, Romana", que "inspirará su legislación". Eso es lo que decían los Principios del Movimiento, nuestra ley de leyes de entonces.

Costumbres
Al morir el dictador, muchas cosas empezaron a cambiar: costumbres, manifestación de opiniones y libertad de expresión. Lo que estaba oculto se desveló; y comenzamos una era de mayor sinceridad y espontaneidad. Empezaron a no considerarse como "escándalo público" el beso de una pareja, el bikini, una mayor libertad del cuerpo humano en definitiva. Pero, ¿estaba todo lo nuevo contra la moralidad pública protegida por nuestra legislación? ¿La moral pública del franquismo, plasmada en nuestras leyes, era la moral cívica de la democracia incipiente? ¿Concordaban aquellas leyes rigoristas con nuestra abierta Constitución?

La estructura legal que presidió aquel período social, ya superado por nuestro pueblo, no puede ser la de una legislación católica y conservadora, impuesta a todos los españoles. Nuestros obispos lo reconocieron así ante la ley del divorcio: "Esto no significa que el legislador esté obligado siempre a elevar a categoría de norma legal todo lo que es una exigencia ética, o que deba reprimir con normas legales todos los males de la sociedad" (Comisión Episcopal para la Doctrina de la Fe, 1977).

Se inspiró nuestra jerarquía, católica, por una vez al menos, en aquella enseñanza de santo Tomás: "La ley humana no puede prohibir todo lo que la ley natural prohíbe". Y, ante ello, ahora se plantea el sentido de algunas prohibiciones de nuestro Código Penal. Hay que buscar un camino de rectificación de esos anticuados artículos citados, que no sirven para la convivencia plural de los españoles en democracia.

Nuestros teólogos clásicos del siglo XVI, más avanzados que muchos actuales tiralevitas de la autoridad rígida de la Iglesia, enseñaron cosas bien claras que deben servir de meditación a católicos y no católicos.

1. Que "permiten a veces las leyes, por alguna causa razonable, ciertas cosas que, siendo malas en sí contra el derecho natural, sin embargo, aquéllas ni las prohíben ni las castigan, ni las dejan castigar ni aun impedir por las potestades públicas" (Luis de Molina, SJ); por tanto, la ley no debe ser lo mismo que la ética, y no podemos reprimir cualquier cosa que moleste a un católico seguidor de su propia jerarquía eclesiástica. Solamente "la cosa pública prohíbe aquellos vicios que suponen una injuria para los demás" (Domingo de Soto, OP).

2. Ni siquiera se puede erigir la ley humana en defensora de las concepciones católicas ni aun en lo que se refiere a Dios y a la religión, porque "la cosa pública no castiga los crímenes según la brevedad que tienen ante Dios", y, "así, los perjurios son más graves que el robo, y la blasfemia, que el homicidio, y, sin embargo, no los prohíbe con la pena capital, sino que deja a Dios su castigo" (Domingo de Soto, OP).

3. ¿Cuál es entonces el objetivo de la ley humana en cosas temporales?: "La seguridad y tranquilidad pública, el estado tranquilo y pacífico" (D. de Soto, OP), "la paz y la justicia" (F. Suárez, SJ), "la tranquilidad social" (M. de Palacios).

4. Entonces, no hay que tener ningún temor al cambio legislativo cuando se produce el cambio social, como ocurre en estas materias del llamado, pero confuso, escándalo público, porque "no debe juzgarse reprensible que cambien las leyes humanas según la variedad de los tiempos" (papa Inocencio III).

¿Qué debemos hacer? Suprimir esos artículos, propios de la mentalidad de otros tiempos. Pero, entonces, ¿quedaremos inermes los ciudadanos ante cualquier demostración que suponga "una injuria para los demás"?; o bien, ¿olvidaremos que "la libertad consiste en poder hacer todo lo que no perjudique a los otros"? (Declaración de los Derechos del Hombre, artículo 4, de 5 de octubre de 1789).

Hemos de volver a esta ejemplar Declaración de Derechos del Hombre y reconocer que "la ley sólo tiene el derecho de prohibir aquellos actos que son perjudiciales a la sociedad" (artículo 5). Y, ¿cuáles pueden ser estos actos? Evidentemente, como ya somos unos ciudadanos mayorcitos, no nos vamos a asustar con aquellas cosas que estaban prohibidas por el puritano nacionalcatolicismo, inspirador de nuestra dictatorial legislación de hace unos años. A los únicos que tenemos de defender es a los menores; y en ellos únicamente hemos de pensar, y no en el escándalo farisaico de los mayores, como aquellos aspavientos que hacían las señoras pacatas de otros tiempos. Hemos de inspirarnos en la Declaración de Derechos del Niño y en los demás acuerdos internacionales en esta materia, que asume nuestra Constitución (artículo 39.4), los cuales se resumen en facilitar socialmente aquello que suponga para el ‘menor’ una "protección especial para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente de forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad" (ONU, 20 de noviembre de 1959).

No hemos de hacerlo convirtiendo las faltas en esta materia en delitos penados con cárcel, sino convertir los actuales delitos en faltas, y que fuesen objeto de reglamentos municipales y de sanciones administrativas y no de arresto o prisión.

Tratándose de cuestiones relativas al sexo, solamente entraría esto: la defensa del ‘menor’ contra la "pornografía", que "disocia el acto físico y la afectividad" (G. Bartin, ‘Diccionario de psicología sexual’, Barcelona, 1972).

El desnudo, si se presenta por un motivo razonable, no es por sí mismo considerado malo en la moral tradicional. La contemplación de brazos, piernas y pecho no se tenía por falta moral grave en los manuales para confesores (véase Ferreres, Arregui y otros muchos). Y el desnudo artístico, menos todavía, según el popular jesuita que fue el P. Vilariño. La Virgen, en la Edad Media, era representada exhibiendo el pecho que daba al Niño; y el severo Tertuliano daba como normal, en los primeros siglos, bañarse desnudos los cristianos en los baños públicos. ¿Por qué hemos hecho un tabú de todo ello? El profesor de la Universidad Católica de Lovaina A. Kriekemans llega a decir que "en los medios en que reina una actitud sana y adecuada con respecto a la sexualidad, es bueno que los niños vean cómo están formados físicamente los demás. Ello les previene para más tarde contra falsas ideas y una curiosidad malsana".

Proteger, sí, al menor, y no el farisaico escándalo de los mayores en una sociedad democrática. Y hacerlo más de modo administrativo que penal. Y, por supuesto, que por ello no enviemos a la cárcel; una multa, sólo para casos extremos, puede ser más ejemplar socialmente que ir a prisión.

1987/10/14

DOCUMENTACIÓN | DERECHOS | EL ESCÁNDALO PÚBLICO DESAPARECERÁ DEL CÓDIGO PENAL

El escándalo público desaparecerá del Código Penal.
El País, 1987-10-14

https://elpais.com/diario/1987/10/15/espana/561250821_850215.html 

El Pleno del Congreso aprobó ayer la toma en consideración de una proposición de ley de Izquierda Unida por la que se derogan los artículos 431, 432 y 566.5 del Código Penal, relativos al escándalo público, así como el 329, que penaliza la blasfemia. AP, PDP y PL se abstuvieron. En esta jornada el Grupo Socialista dio vía libre, además de a esta iniciativa, a una proposición no de ley del Grupo Popular sobre medidas para garantizar la seguridad vial, aunque con modificaciones, y otra de Minoría Catalana sobre instauración del pasaporte europeo en España. Con la iniciativa de Izquierda Unida desaparecerán artículos del Código Penal como el 431, según el cual puede ser objeto de arresto mayor aquel "que ofendiere el pudor o las buenas costumbres con hechos de grave trascendencia", o el 432, que también penaliza al que "expusiera o proclamara por medio de imprenta u otros procedimientos doctrinas contrarias a la moral pública". También se eliminará el 230, sobre penalización de la blasfemia.

Sartorius tuvo una intervención cargada de citas históricas sobre las tribulaciones de determinados personajes españoles que han tenido que sufrir el peso de la ley por supuestamente haber escandalizado a la sociedad. No obstante, Sartorius empezó por un hecho reciente, cual fue el caso del joven extremeño que llegó al suicidio el pasado mes de febrero "porque un juez le encarceló al estar en un establecimiento público con actos efusivos de amor, de pasión, con su novia". Sartorius recordó que en virtud de estos artículos se había acusado de escándalo a jóvenes que tomaban el sol en la playa "desnudas de medio cuerpo para arriba".

El diputado de IU se preguntó qué es escándalo, para relativizar lo que cada persona puede entender por ello, y personalmente dijo considerar más inmoral y escandaloso ver a niños pidiendo limosna por las calles "que ver a mujeres desnudas en la playa o a dos jóvenes metiéndose mano en un bar". Nicolás Sartorius señaló que "el escándalo está mucho más en el que mira que en el objeto contemplado".

MIKEL/A, AQUÍ ESTAMOS Y NO NOS OCULTAMOS

Mikel/a enseña cacho en la 2ª Gayakanpada de EHGAM, 27-29 agosto 1993, Muxika // STARS COFLHEE es un trabajo realizado por Julen Zabala Alon...