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2022/06/29

DOCUMENTACIÓN | MEMORIA | EN 1981 SE CELEBRÓ EN VIGO LA PRIMERA MARCHA GALLEGA POR LA LIBERACIÓN SEXUAL

Los 41 años de Orgullo en la ciudad.
Vigo fue la urbe gallega que acogió la primera marcha en defensa del amor libre y la liberación sexual en 1981. Fue secundada por decenas de asociaciones y sindicatos.
Carolina Sertal | Faro de Vigo, 2022-06-29

Era el año 1981 y se cumplía el decimosegundo aniversario de las revueltas protagonizadas por la comunidad gay, lésbica y trans en Nueva York, que un 28 de junio de 1969 dijeron " ¡basta! " tras la redada y la represión policial en el local Stonewall Inn de Greenweech Village. La mecha de aquella rebelión que ya no tendría marcha atrás llegaba algo más tarde a Galicia que al resto de España, puesto que en el año 1977 se había celebrado por primera vez en el territorio nacional una marcha a favor de los derechos de las personas homosexuales. Tuvo lugar en Barcelona y logró congregar a unas 4.000 personas que fueron disueltas por los grises.

Si bien fue Vigo la que acogió la primera manifestación "gay" en la comunidad gallega, previamente, en el año 1980 ya había tenido lugar una tímida movilización en la ciudad de A Coruña. Sin desfile y sin hacer mucho ruido, concentró a muy poca gente. El movimiento LGTBI en Galicia empezaba a despertarse, aunque la población todavía seguía sufriendo los estigmas de una sociedad que aún asimilaba el inicio de la España moderna, tras haber superado la Transición.

"Mañana, manifestación gay". Así rezaba el titular de la noticia publicada en FARO que anunciaba una gran manifestación en la ciudad de Vigo con salida de la Praza de Portugal a las 12.30 horas. La previa también recogía que, tras la marcha de "lucha por la liberación sexual", se llevaría a cabo una fiesta-romería popular en el Parque de Castrelos a partir de las 14.30 horas, en la que habría puestos de bebidas, bocadillos, música, teatro y más actividades.

En la noticia publicada en la prensa local, se destacaba que aquel "Día Internacional do Orgullo Gay, que sus responsables consideran como una jornada de lucha por la liberación sexual está organizado por la Coordinadora de Colectivos Gays de Galicia, que se formó aproximadamente hace un año y un mes, a raíz de unas jornadas sobre la sexualidad. Después de esa fecha se concluyó un manifiesto, que fue presentando en el Colegio Médico de Santiago y que contenía la opinión de los redactores sobre el por qué de la represión de la sexualidad".

Por otra parte, se ponía de relieve que se trataba de la primera manifestación de este tipo en Galicia y también que contaba con el apoyo de diferentes colectivos, organizaciones y movimientos que se sentían identificados con “estos temas”.

En concreto, el evento celebrado en la ciudad fue secundado por las asociaciones de vecinos Casco Viejo, Vigo Oeste y Cultural de Vigo, así como por Zona Aberta, de A Coruña, y Colectivo polas Libertades de A Coruña y Vigo; además de contar con el apoyo de Asamblea de Traballadores en Paro de Vigo y de los partidos políticos PSdeG-PSOE, PCG, MCG y LCR, del Sindicato Nacional de CC.OO y de las organizaciones feministas Coordinadora Feminista de Vigo y Asociación Galega de A Coruña. También contó con la participación de la UPG, AN-PG y de Unión de Mocedades Galegas.

En la rueda de presentación de aquella marcha en la ciudad olívica quedó patente la situación de la discriminación y opresión que vivía el colectivo en la época, puesto que la Coordinadora de Colectivos Gays de Galicia aprovechó la ocasión para mostrar su profundo rechazo y desacuerdo con las penas que habían sido impuestas a dos marineros de Ferrol por mantener relaciones sexuales.

En concreto, uno de ellos debería cumplir 16 meses de condena y otro 14 meses, lo que deja constancia de la cruda etapa que atravesaba la comunidad LGTBI.

Asimismo, la organización de la manifestación también insistió en su oposición a los planes del Gobierno de U.C.D. para aprobar un Código Penal, en su opinión reaccionario, al considerar que era “una auténtica amenaza para las personas homosexuales”, puesto que según señalaban en aquella rueda de prensa, la normativa se basaba en que “la Organización Mundial de la Salud considera la homosexualidad como un mal”, por lo que “U.C.D. penaliza este tipo de relaciones”.

Han pasado 41 años desde que Vigo abanderó la lucha por el amor libre y la liberación sexual y, a pesar de que se ha ganado terreno en materia de derechos y libertades, lo cierto es que todavía queda mucho camino por recorrer ante el auge de los discursos de odio, principalmente alimentados por la extrema derecha, y las agresiones que no dejan de sucederse contra personas de distinta orientación sexual o identidad de género.


Memorias de la primera manifestación LGTBI en Galicia: 41 años de Orgullo.
Vigo fue la ciudad gallega que acogió la primera marcha en defensa del amor libre y la liberación sexual.
Carolina Sertal | Faro de Vigo, 2022-06-28 ***
https://www.farodevigo.es/gran-vigo/2022/06/28/memorias-primera-manifestacion-lgtbi-galicia-67741326.html

2020/04/28

DOCUMENTACIÓN | MEMORIA | 1981, EL AÑO DE LA PRIMERA HUELGA DE LOCALES GAIS EN BARCELONA

1981, el año de 1ª huelga de locales gays de la historia.
Jordi Petit | Arco Iris, El Obrero, 2020-04-28

https://elobrero.es/recursos/arco-iris/47811-1981-el-anyo-de-1-huelga-de-locales-gays-de-la-historia.html 

Para un movimiento que estalló en 1977, solamente cuatro años después las cosas comenzaron a mejorar. En 1981 ocurrieron varios avances importantes y una huelga única en la historia.

Los seis primeros meses de 1981 ya denotaban la fuga de militantes que abandonaron los efímeros frentes de liberación para llenar la pistas de las discos gays. Varios de estos grupos se fueron disolviendo, pero no fue el caso del FAGC en Catalunya.

El intento de golpe de estado de Tejero el 23 de febrero fue desarticulado. Este guardia civil justificaba aquella toma del Congreso de los Diputados, -entre otras cosas-, por el auge de “la pornografía y de los invertidos” (en declaraciones al diario ABC). El Mundial de fútbol iba a realizarse en 1982 en el Estado español, y todo apunta a que el gobierno de la UCD inició una ofensiva en 1981 para frenar a la comunidad LGTB e intimidar a los locales de encuentro, que no cesaban de multiplicarse. Quizás para dar una imagen “limpia y moral” de nuestro país, ante la previsible llegada masiva de aficionados al fútbol. Era la puesta de largo de España ante el mundo.

Durante ese primer semestre se dieron numerosas redadas policiales en los locales de ambiente gay de Barcelona. Viví personalmente una de éstas intervenciones ya en octubre de 1980 en el disco-bar “La Luna” de Av. Diagonal.

De pronto se abrieron todas las luces y cesó la música. Varios policías nos hicieron salir a todo el personal, seríamos unas 80 o 90 personas. Estábamos muy asombrados. Iban pidiendo el DNI a cada cliente, quienes no lo llevaban fueron puestos de cara a la pared con las manos apoyadas en la fachada. Los demás nos pudimos marchar. Un par de furgonetas se llevaron a los no identificados a comisaría. De inmediato en calidad de coordinador general del FAGC, avisé al turno de guardia del Colegio de Abogados, quienes de inmediato iniciaron gestiones.

Me presenté en nombre del FAGC en la comisaría más cercana, tal como deduje que estarían los detenidos. Una vez allí los vi a todos en una sala. Pedí explicaciones al comisario en jefe, quien dijo que se trataba de una actuación para detener a “posibles delincuentes”, pero que no los habían “retenido” por ser homosexuales. Le informé de que el Colegio de Abogados ya estaba avisado. Me aseguró que pronto sería solucionado y que podía irme tranquilo. Fueron saliendo de madrugada tras verificar la identidad de cada cual. Tras esa tensa conversación, -pues exigí su puesta en libertad-, el trato de los detenidos fue mucho más formal y sin desprecios, según me informaron varios de ellos al encontrarnos días después de nuevo en La Luna. Como sea que fuera, estas redadas de “búsqueda de delincuentes” se fueron repitiendo en otros pubs y discotecas.

El Parlamento de Catalunya contra las redadas
La prensa reflejó cada vez con mayor relieve estas acciones policiales. Intervino ante el gobernador civil, la presidenta de la Comisión de DDHH del Parlament de Catalunya, Mª Dolors Calvet (del PSUC). Incluso con ella visitamos algunos locales de ambiente como La Luna. La manifestación del 28 de junio de aquel año fue bastante más concurrida que en 1980; había mucho malestar por las actuaciones policiales y el lema era contra las redadas policiales. El Noticiero Universal (29/06/1981) informaba que la manifestación partió de Pl. Urquinaona hasta Portal del Angel de Barcelona y que se guardó un minuto de silencio en memoria de las víctimas homosexuales de los campos de exterminio nazi.

El Consejo de Europa contra la discriminación por homosexualidad
El 1 de octubre de 1981 el Consejo de Europa realizó la primera declaración internacional contra la discriminación de las personas homosexuales, incluido el ámbito laboral y la prohibición de las terapias aversivas. El primer gran triunfo de ILGA [entonces IGA, hasta 1986], pues habíamos coordinado desde muchos países europeos el apoyo a esa moción. Por parte del Estado español intervino en el pleno del Consejo de Europa, el diputado del PSUC, Gregorio López Raimundo quien votó a favor, así como la representación socialista.

La actuación del gobernador civil cambió de táctica. La emprendieron con el cierre de pubs y discos gays, tras exhaustivas inspecciones de las condiciones técnicas de los locales. Eso generó de nuevo alarma y malestar. El detonante de esta segunda ofensiva partió de una denuncia del Gremio de Discotecas y Salas de Fiestas, contra los locales gay por “competencia desleal”.

El inicio de estos cierres, multas y revisiones venía ya de finales de 1980. Reproduzco parte del texto del Gobierno Civil de Barcelona -secretaría general- de 19 de diciembre de 1980, con el núm. 2038/80 dirigido al domicilio particular del sr. Gunter S. “Visto el expediente que se tramita en este Gobierno Civil en relación con la denuncia formulada por la Jefatura Superior de Policía, dando cuenta de que el Bar Keops sito en C/. Bruch 62 de Barcelona, del que Vd. es titular, tiene 3 dependencias comunicadas entre sí y separadas solamente por cortinas encontrándose el día de la inspección totalmente a oscuras, funcionando dicho Bar como Discoteca sin autorización”. Daba un plazo de 15 días para de conformidad con una ley de 17 de julio de 1958 realizase las oportunas alegaciones, etc, etc.

La huelga del ambiente del 9 de diciembre de 1981
Otra vez intervino la Comisión de DDHH del Parlament de Catalunya, que se entrevistó con el Gobernador Civil de Barcelona. Este adujo que nada tenía contra los homosexuales y que se limitaba a la revisión técnica de estos locales. Prometió estudiar caso por caso, pues el número fue creciendo hasta acumular 8 cierres. También en Madrid y otras ciudades sucedía lo mismo. Desde el FAGC nos movimos y pusimos en contacto a los gerentes del ambiente gay con la asociación ACAPIC (Asociación de Comerciantes Autónomos y Pequeños Industriales de Catalunya) para asesorarse. Quedó claro que ningún local de la ciudad, fuera del tipo que fuese, no resistiría una revisión tan exhaustiva. La motivación era pues discriminatoria.

Finalmente, y contando con el apoyo del Parlament de Catalunya y de la prensa, se convocó a los medios desde la sede de la Asociación de la prensa, para anunciar públicamente un cierre o huelga acordada de todos los locales de ambiente gay de Barcelona, la noche del 8 al 9 de diciembre de 1981. En aquel momento estaban cerrados el Sant Louis y el 5y7 de la Riera de Sant Miquel, La Luna (terminaba de cumplir seis meses de cierre) y El Ciervo de Av. Diagonal, Keops en calle Diputación, Bronx en calle San Marcos, entre otros... (El Periódico de Cataluña, jueves 8 de diciembre de 1981). En la mencionada y concurrida rueda de prensa convocada por el FAGC, se distribuyó una declaración de apoyo a los locales de ambiente gay, que redactamos el compañero Guillem Quatre y yo mismo ( El Periódico de Cataluña, jueves 10 de diciembre de 1981). La nota del FAGC, decía, entre otras cosas: “Lejos de favorecer ningún negocio, el FAGC llama a defender nuestro derecho de reunión, que también pasa por los locales que están siendo cerrados”.

Esa huelga fue un éxito tanto por el eco mediático previo como posterior y la participación de 30 locales. El Periódico de Cataluña de 10 de diciembre de 1981, en una información firmada por Julián Peiró, destacaba que las normas que se exigían es estos locales se apoyaban en “una orden ministerial de 1946 y en el reglamento de espectáculos públicos de 1935 (el que exige a las discotecas tener escupideras a cada paso). ../.. Curiosamente la calificación de pub no existía cuando esos bares fueron abiertos, adjudicándoseles la de bar especial B, que sigue figurando en el pago de impuestos y bajo la que, sólo hace una semana pagaron la nueva licencia fiscal”. Julián Peiró, seguía indicando, “los bares cerrados tienen permiso de la Jefatura Superior de Policía, para tener música y pagan trimestralmente los derechos a la Sociedad de Autores. Es por ello que se preguntan todos: ¿qué se esconde detrás de tales cierres” (Datos contrastados en el Infogai núm. 24 de diciembre'81-enero'82).

Con cierto retraso la Comisión de DDHH del Parlament de Catalunya, a 31 de diciembre de 1981, respondía oficialmente a las cartas de queja enviadas por el FAGC y daba razón de la entrevista realizada por dicha comisión con el Gobernador Civil, diciendo que éste “ha afirmado que las sanciones se deben a motivos recogidos en el Código Penal vigente”. Firmaba la nota Joan Colomines, Secretario de la Comisión de Derechos Humanos. Ciertamente el viejo Código Penal que provenía del franquismo, podía aplicarse contra éstos locales por aquello de la “moral y las buenas costumbres”. No fue hasta la reforma de 1988, en que el delito de escándalo publico fue reemplazado en su redacción, de manera que ya no se podía usar más contra la comunidad lgtb.

Finalmente, tras el apoyo unánime de los medios de comunicación y del Parlament de Catalunya, los cierres fueron levantados paulatinamente durante 1982. Ganamos una batalla más.

2019/07/07

DOCUMENTACIÓN | MEMORIA | EL MOVIMIENTO DE INSUMISIÓN EN NAVARRA | 3. FIN DE CICLO

El movimiento de la insumisión en Navarra (y III): fin de ciclo.
La insumisión, que logró en Navarra un apoyo social trasversal sin precedentes, ganó la batalla de suprimir la mili en 2001.
Pedro Oliver Olmo | Noticias de Navarra, 2019-07-07
https://www.noticiasdenavarra.com/sociedad/2019/07/07/movimiento-insumision-navarra-iii-ciclo-2379106.html 

Por si hubiera alguna duda, a partir de 1994, y con una nitidez especial y algo escabrosa desde la dispersión de los insumisos en septiembre de ese año, la singularidad represiva de la insumisión navarra era ya demasiado visible desde todos los puntos del Estado, una imagen que hubo de perseguir constantemente al biministro socialista Juan Alberto Belloch y a sus aliados: ¿cómo podía haber centenar y medio de insumisos presos sólo en Pamplona y apenas unas decenas en el total de las prisiones de España? Todo indica que aquello, lejos de amilanar a los insumisos presos, por la dureza que desprendía y el sacrificio que conllevaba, coadyuvó a aquilatar su capacidad de resistencia. Por su parte, los insumisos dispersados también eran fuente de agitación propia, por los apoyos que recibían y por las visitas (incluyendo las de parlamentarios). La resistencia y la capacidad de nuevas iniciativas que se desplegaron entre 1994 y 1996 fue realmente encomiables, el culmen de una movilización ya veterana, con repercusiones que lógicamente trascendían con mucho las fronteras de la Comunidad Foral.

El rechazo a la mili se generalizaba por toda la sociedad española y más aún en Cataluña, País Vasco y Navarra. Las juventudes de UPN, IU, HB y EA se posicionaron contra el SMO. Por aquel entonces la objeción de conciencia se disparaba ya a cifras gigantescas. Sin embargo, el Estado se mostraba incapaz de dar una solución al colapso: las plazas para la prestación social sólo cubrían un tercio de la demanda. El 60% de los jóvenes navarros dijeron “no a la mili”, o con la objeción de conciencia o con la insumisión. Si el CNOC había reconocido a 4.610 objetores navarros hasta 1995, de los que 1.216 correspondían a 1994, ya en 1997 el número de objetores superaría por primera vez en Navarra al de reclutas.

Así las cosas, por fin, pero de qué manera, parecía hacerse realidad el lema que tanto se gritaba por las calles de Pamplona: “No hay prisión que pare la insumisión”. El Código Penal de 1995 lo ratificaba. En 1996, el nuevo gobierno del PP, por exigencias de sus socios nacionalistas vascos y catalanes, quienes a su vez se veían obligados a contentar la enorme presión ‘antimili’ de sus poblaciones, anunció la abolición de la mili en 2003. La crisis del sistema de reclutamiento entraba en su fase final, y la objeción y la insumisión también.

El movimiento insumiso navarro en pleno (MOC-KEM, Kakitzat, GAS, Nafarroa Intsumitua y AFOINA) rechazó contundentemente las nuevas penas del Código Penal, aquello que sin ambages se llamará “la muerte civil” de los jóvenes insumisos, por las largas condenas de inhabilitación que podrían recibir, un sintagma que, por cierto, ya había sido formulado en el tardofranquismo contra los objetores de conciencia, “muerte civil”, dejar a los jóvenes disidentes inermes por largo tiempo, no aptos para la función pública, con un futuro lleno de dificultades.

Tanto en la cárcel de Pamplona (con la ‘Huelga de frío’, por la que cada insumiso preso iba tan sólo vestido con una manta), como en la calle, se realizaron acciones contra el cambio en la penalización, algunas multitudinarias (caso de muchas manifestaciones, el ‘Intsumisio Eguna’ de Kakitzat en Berriozar y las inagotables marchas a la cárcel de los familiares de AFOINA).

En 1996 se creó EUDIMA, asociación de ayuntamientos insumisos. El Ministerio de Defensa llegó a denunciar a 63 ayuntamientos por no alistar a los reclutas (25 de los municipios tenían alcalde de HB). Se trataba de otra importante cosecha en la socialización del mensaje antimilitarista, aunque no sería la última: por ejemplo, en 1997 se presentó en Pamplona la campaña Insumisión Rosa (o Insumisión Marica), bajo la promoción del colectivo EHGAM, para denunciar el machismo y la homofobia de los ejércitos y para hacer valer la profundidad de ese debate también en el seno del movimiento antimilitarista y de insumisión.

El MOC inició en 1997 a nivel estatal una nueva estrategia, la ‘Insumisión en los cuarteles’. En ella, y en su diseño, participaron varios insumisos navarros. A partir de 1998 volverá la imagen de los Consejos de Guerra: los navarros Tasio Ardanaz y Jesús Belascoain fueron juzgados por tribunales militares en A Coruña y, condenados a dos años y cuatro meses, cumplirían condena en la prisión militar de Alcalá Meco. En 1998, mientras que la movilización amainaba (en general, tanto en Navarra como en todos los territorios del Estado español), o en todo caso se focalizaba en apoyar la insumisión en los cuarteles (incluso con acciones directas muy audaces, como subirse al tejado del cuartel de Aizoáin), entró en vigor una nueva LOC con carácter retroactivo que igualaba la duración del SMO y la PSS y pasaba a la reserva a miles de objetores en situación de espera. Cerca de 2.000 objetores navarros pasaron a la reserva sin hacer la PSS. La bolsa de los pendientes por prórroga superaba ya el millón de personas en todo el Estado. La crisis del sistema de reclutamiento no se aliviaba con paliativos. Así la ‘mili’ no llegaría a 2003. Popularmente se generalizó una idea jocosa: comienza la campaña ‘tonto el último’.

Por fin, en 2001, quedó legalmente “suspendido” el SMO al tiempo que concluía con éxito evidente un largo ciclo de tres décadas de desobediencia civil. No era de extrañar que aquel primer objetor de 1971, Pepe Beunza, quien conoció las prisiones militares del franquismo por su antimilitarismo y ‘noviolencia’, acudiera en 2001 a la prisión militar de Alcalá Meco a recibir y abrazar a los últimos insumisos.

Pedro Oliver Olmo. Profesor de la Universidad de Castilla La Mancha y colaborador del Instituto Navarro de la Memoria.

2019/07/06

DOCUMENTACIÓN | MEMORIA | EL MOVIMIENTO DE LA INSUMISIÓN EN NAVARRA | 2. EL 'PLANTE'

El movimiento de la insumisión en Navarra (II): el ‘plante’.
El movimiento insumiso respondió al intento de desactivar las protestas del Estado quebrantando el tercer grado de las condenas para devolver el conflicto a las cárceles y las calles.
Pedro Oliver Olmo | Noticias de Navarra, 2019-07-06
https://www.noticiasdenavarra.com/sociedad/2019/07/06/movimiento-insumision-navarra-ii-plante-2380479.html 

El primer “plante” se llevó a cabo el 13 de diciembre de 1993: 4 lo hicieron en Bizkaia, 3 en Asturias, 2 en Tenerife, 1 en Albacete y ¡35 en Pamplona! Antes de la acción de presentación, en la parroquia de la Txantrea, los insumisos que quebrantaban públicamente su condena eran acogidos en los hogares amigos, personalidades y líderes sociales, que de esa manera también se exponían penalmente. El número tan alto de insumisos que quebrantaron el tercer grado en Pamplona de nuevo llevó a la prisión provincial al borde del colapso, sensación que se agravaba sólo al pensar que se preparaban nuevos “plantes” (desde el principio se especuló con el riesgo de una dispersión de insumisos, a veces como un temor, a veces como una amenaza). El contundente “plante” navarro cosechó el beneplácito y la admiración de las organizaciones que apoyaban el movimiento de insumisión. Miles de personas abrazaron emocionalmente a los “plantados” en las calles de Pamplona, dándoles aliento y fuerza. Desde entonces las manifestaciones fueron normalmente multitudinarias, como las marchas semanales a la cárcel de Afoina. El segundo “plante” se realizó el 20 de febrero de 1994, con 13 insumisos encerrados en la UPNA. Desde diciembre de 1993 y a lo largo del período 1994-96, el movimiento insumiso desplegó todo un rosario de iniciativas de agitación política. Volvieron las ocupaciones del balcón del PSOE y de la Cruz Roja, las manifestaciones de estudiantes de la UPNA y de institutos, etcétera.

En esta tesitura de la movilización, mucho más antirrepresiva que nunca, nacieron nuevos colectivos (locales o comarcales, como Erriberako Kakitzat, y otros con vocación coordinadora, como Nafarroa Instsumitua, que albergaba identidades ideológicas de la izquierda abertzale y ‘taldes’ y personas que dentro del movimiento insumiso no se sentían representados por los colectivos centrales del movimiento antimilitarista, KEM-MOC y Kakitzat). Durante la primavera-verano del 94, mientras continuaba la estrategia del quebrantamiento de condena, desde la hacinada cárcel de Pamplona se agitaba la calle: en un sentido plenamente antimilitarista, con la huelga de hambre de mayo, bajo el lema “No des de comer a los ejércitos”; y en un sentido anticarcelario, con la denuncia de las condiciones de vida en la prisión. Se usarán técnicas de desobediencia civil dentro de la prisión, desde “motines no violentos y festivos”, como el que se generó ante el cierre de los patios que pretendía evitar que los insumisos presos disfrutaran del txupinazo alternativo con el que iban a homenajearlos desde la calle el día de la gran fiesta pamplonica, hasta plantarse en comedores y galerías para protestar por distintas muestras de violencia institucional con los presos sociales, sobre todo con los más débiles o debilitados por el propio encarcelamiento, la drogadicción o el sida.

La lucha anticarcelaria conseguía salir a la luz, a través de cartas y artículos y con una publicación propia y manuscrita, el magazín ‘Giltzateko Paranoiak’, que los colectivos de apoyo imprimieron y distribuyeron con provecho. Desde agosto se denunció una “escalada represiva” dentro de la prisión que culminó el 8 de septiembre con la dispersión de 8 insumisos. El movimiento insumiso, pero también buena parte de la sociedad navarra, tragó saliva aquel día, entre la estupefacción y el miedo. Hasta el presidente Alli se dirigió a Belloch para pedirle el retorno inmediato de los insumisos. No faltaron reacciones oficiales de otro tenor. UGT y la dirección de la prisión defendieron la dispersión por el mal comportamiento de los insumisos, incluso violento (una acusación que generó una cadena de reproches contra quienes intentaban criminalizar a los insumisos). Belloch se vio obligado a maniobrar otra vez, preanunciando la futura “despenalización carcelaria de la insumisión” en el nuevo Código Penal.

La asamblea de insumisos presos organizó todo un plan antirrepresivo y en solidaridad con sus compañeros dispersados, en principio, con una huelga de hambre que duró tres semanas. El mejor plan era proseguir la lucha anticarcelaria y agitar la movilización antimilitarista, objetivos que consiguieron mantenerse vivos hasta el final. Mucho más difícil, evidentemente, era mantener el nivel de debate, cohesión y espíritu de lucha en el entorno de los insumisos presos en tercer grado, colectivo a su vez muy numeroso. Pero se intentaba. Los insumisos en 2º grado realizaron un sinfín de iniciativas y movilizaciones exigiendo el retorno de los compañeros dispersados, y muchas acciones desobedientes, como el despliegue de pancartas en el patio y una llamativa “huelga de frío” contra la nueva penalización del Código Penal. En definitiva, acciones directas con mensajes antimilitaristas que en cualquier caso chocaban con la reglamentación penitenciaria, sin dejar de lado la publicación del magazín ‘Giltzateko Paranoiak’ y redactar un anuario y un detallado informe dirigido a la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento foral sobre la realidad de las condiciones de vida en la prisión.

El movimiento antimilitarista persistía en la estrategia del “plante” mientras preparaba el rechazo del nuevo Código Penal. En mayo del 95 se realizó el séptimo “plante” de insumisos navarros, y primero de la Ribera (donde la insumisión se unía a la lucha contra el polígono de las Bardenas), pero la estrategia del “plante” aún continuaría después. De entre 1995 y 1996 son innumerables las iniciativas en barrios y pueblos, las mociones institucionales, los encadenamientos y otras acciones directas no violentas, sobre todo con motivo de presentaciones públicas de insumisos que quebrantaban la condena. En la calle, al calor de la lucha de los insumisos presos, se realizaron ayunos y movilizaciones en institutos y en la UPNA (incluso cosechando el apoyo oficial de la universidad). No faltaron a su cita semanal las incansables madres y familiares de Afoina con sus marchas a la cárcel, como no se apagaba nunca el aliento de la ‘Eguzki Irratia’. El período de movilización del “plante” dio mucho de sí hasta que la excarcelación y el anuncio del fin de la mili trajeron un aire fin de época. Había que cerrar el ciclo.

Pedro Oliver Olmo. Profesor de la Universidad de Castilla La Mancha y colaborador del Instituto Navarro de la Memoria.

2018/12/15

DOCUMENTACIÓN | MEMORIA | NI PELIGROSAS NI DELINCUENTES: EL PROCESO DE LEGALIZACIÓN DE LA DISIDENCIA SEXUAL Y DE GÉNERO EN LA TRANSICIÓN

El Diario //

Ni peligrosas ni delincuentes: el proceso de legalización de la disidencia sexual y de género en la España de la transición.

Durante los años de la transición el movimiento LGTB tuvo que hacer frente a las leyes que se aplicaron a lo largo de la dictadura para reprimir a la disidencia sexual y que continuaron vigentes a la muerte del dictador.
Víctor M. Ramírez | El Diario, 2018-12-15
https://www.eldiario.es/canariasahora/sociedad/peligrosas-delincuentes-legalizacion-disidencia-espana_1_1791040.html

Se cumplen este mes 40 años de la aprobación de la Constitución Española y también de la reforma (1) de la Ley de Peligrosidad y Rehabilitación Social que eliminó a ‘los que realizaran actos de homosexualidad’, en términos de la ley, del catálogo de peligrosos sociales. Es, por tanto, un momento idóneo para analizar el proceso que permitió a las disidencias sexuales y de género ser legalizadas durante el proceso transicional, tras otros cuarenta años de represión franquista.

Habitualmente se identifica esta legalización con un momento determinado, como fue la citada reforma de la ley de peligrosidad social. No obstante, la legalización de la disidencia sexual fue un proceso más complejo y largo en el tiempo que no concluye, sino que más bien comienza, con la mencionada reforma.

Durante los años de la transición el movimiento LGTB tuvo que hacer frente a las leyes que se aplicaron a lo largo de la dictadura para reprimir a la disidencia sexual y que continuaron vigentes a la muerte del dictador. Estas normas fueron fundamentalmente dos: la primera, el Código Penal, que si bien no contemplaba expresamente la homosexualidad en su articulado, se consideraba incluida en el artículo 431 de dicho texto que regulaba el delito de escándalo público. Esta figura delictiva consideraba penalizable aquellas acciones que “de cualquier modo ofendiere el pudor o las buenas costumbres con hechos de grave escándalo o trascendencia”. La moral nacional-católica del régimen franquista consideraba moralmente repugnantes los actos de homosexualidad por lo que dichas prácticas, aunque hubieran sido cometidas en privado, eran tenidas por delictivas en virtud de este artículo y sus autores eran juzgados y condenados si los hechos trascendían al conocimiento público.

Las otras leyes utilizadas para la represión de la homosexualidad fueron las aprobadas en virtud de la doctrina de la ‘defensa social’. En desarrollo de este principio, en el año 1933, durante la II República, se aprobó la Ley de Vagos y Maleantes que no recogía en su texto ninguna referencia expresa a la disidencia sexual, pero que en el año 1954 fue reformada por el régimen franquista para incluir a la homosexualidad en su artículo segundo. No se trataba de una ley penal, desde el punto de vista de que no tipificaba delitos y sus correspondientes penas, sino que categorizaba una serie de situaciones subjetivas como de “peligrosidad social”. La ley determinaba que, dado el estado de determinados sujetos, estos tendrían gran probabilidad de cometer un “daño social”, concepto más amplio que el puramente delictivo. Según el preámbulo de la propia ley de 1970, esta se aprobaba por la “necesidad de defender a las sociedad contra determinadas conductas individuales, que sin ser, en general, estrictamente delictivas, entrañan un riesgo para la comunidad”. Por poner un ejemplo clarificador, el alcoholismo no era considerado 'per se' un delito, no obstante los ebrios habituales eran considerados peligrosos sociales por los indeseables efectos que su adicción podían traer a su entorno familiar, social, laboral, etc. De este concepto de peligrosidad se deriva la necesidad de rehabilitar al peligroso mediante una serie de medidas previstas en la ley con el objetivo de “rescatar y reeducar al hombre para la más plena vida social”, según el preámbulo de la misma. A partir de la reforma del año 1954 las personas homosexuales deberían ser objeto de esta reeducación o de “curación” de su “perversión sexual”.

Por tanto, estas dos normas incidían en la disidencia sexual desde dos perspectivas diferentes: la penal, con su consecuente condena, y la de defensa social, con sus medidas rehabilitadoras como presunto instrumento de inserción social. No pretendo con esto suavizar el efecto que las leyes de peligrosidad producían en las disidencias sexuales – y en el resto de supuestos previstos en la ley –. Más al contrario, la realidad nos pone de manifiesto que estas leyes fueron, en la práctica, utilizadas como un medio de represión más, como un instrumento que criminalizaba a la disidencia sexual desde una perspectiva más amplia que la puramente penal. Estas leyes se unieron al código penal configurando un doble sistema de control de la disidencia sexual que multiplicaba sus efectos, añadiendo a la condena penal un aparente sistema de rehabilitación que, en la práctica, era una segunda condena durante la cual, además, no eran aplicables los posibles beneficios penitenciarios que sí lo eran a los delincuentes condenados (2). Esta doble criminalización, que pone de manifiesto la perversa utilización de leyes rehabilitadoras con fines puramente represivos, profundiza precisamente la ignominia del sistema represivo de la dictadura.

Se evidencia, por tanto, el hecho de que las leyes de peligrosidad social no fueron las únicas que reprimieron a los homosexuales a lo largo del franquismo y que la derogación de la ley de peligrosidad social en el año 1978 no significó la legalización de la homosexualidad durante la transición. Dicha derogación implicó la eliminación de la consideración de la disidencia sexual como un peligro social, pero no de su carácter delictivo, ya que el delito de escándalo público, como veremos, continuó aplicándose durante prácticamente una década más.

En este punto hay que añadir un término más a la ecuación: la aparición de los movimientos de liberación homosexual en el panorama de los movimientos sociales de la época. La publicación del proyecto de ley peligrosidad social en el año 1970 promovió la aparición de un nuevo sujeto político, si bien en la clandestinidad, en la España franquista. Ante la inclusión de la homosexualidad en dicho texto, un grupo de activistas catalanes iniciaron un proceso de movilización para, desde las catacumbas del activismo y con la ayuda de colectivos franceses, intentar evitar dicha mención la nueva ley. Este movimiento clandestino emergió durante los primeros años de la transición, visibilizando una lucha en la que la derogación de la Ley de Peligrosidad y Rehabilitación Social y el delito de escándalo público eran objetivos fundamentales. El Front d'Aliberament Gay de Catalunya (FAGC), fue la asociación de referencia durante esos años y la legalización de la misma se convirtió en un inesperado campo de batalla durante los últimos años de la década de los 70.

El FAGC inició su proceso de legalización en el mes de diciembre de 1978, recién aprobada la Constitución. Este acto suponía un reto al nuevo régimen constitucional que, sin embargo, respondió inicialmente con la inercia de la homofobia dictatorial: el Ministerio del Interior, en enero del año siguiente, denegó la legalización alegando la incompatibilidad de los fines de la asociación con el artículo 431 del Código Penal, el mencionado delito de escándalo público. El mantenimiento de una interpretación profundamente homófoba de dicho artículo por el recién estrenado sistema constitucional ponía en evidencia el hecho de que la legalización de la homosexualidad no era aún un hecho consumado, a pesar de la modificación de la ley de peligrosidad social, y de que el nuevo sistema no consideraba a las disidencias sexuales como dignas de ser sujetos del conjunto de derechos y libertades recogidos en la nueva y flamante Constitución.

Ante tales hechos el FAGC interpuso el correspondiente recurso y con el apoyo de una importante campaña que implicó a colectivos, un numeroso grupo de corporaciones locales catalanas y de la International Gay Asociation (IGA) (3), por fin, el 16 de junio de 1980, el Gobierno de Adolfo Suárez admitió su legalización, dándose un segundo paso en este proceso.

Otro acontecimiento a tener en cuenta, en relación con la legalización de la disidencia de género, se refiere a los avances que durante los años transicionales afectaron a los derechos de las personas transexuales. Una modificación del Código Penal, del año 1983(4), eximió de responsabilidad penal, entre otros supuestos, a la “cirugía transexual realizada por facultativos”, hasta ese momento penalizadas al ser consideradas un delito de lesiones por causar la esterilidad. Este nuevo avance despenalizador propició que las personas transexuales comenzaran a acudir a los tribunales a solicitar el reconocimiento del “cambio de sexo” con respecto al cambio la inscripción registral del nombre y del sexo, iniciativa que culminó con una Sentencia del Tribunal Supremo del año 1987 que reconocía por primera vez el derecho de una mujer transexual al cambio de nombre. Con todos los cuestionamientos que pueda hacerse la sentencia – que se refería a la afectada como “una ficción de hembra” que, en cualquier caso debería ser protegida por el Derecho –, tanto la modificación de la norma penal de 1983 como la sentencia de 1987 supusieron un importante avance de los derechos de las personas trans, que sin embargo no obtendrían una ley que regulara estas cuestiones hasta dos décadas más tarde (5).

Como se ha indicado, la utilización del delito de escándalo público como argumento para negar legalidad a las organizaciones homosexuales de la época es una muestra de que la consideración de las personas disidentes de las normas imperantes sobre el sexo/género no se consideraban dignas de ser sujetos de los más esenciales derechos fundamentales. Podían ser legalizadas sus organizaciones, pero sobre sus componentes pendía aun sobre sus cabezas la espada de Damocles del artículo 431 del Código Penal. Artículo que, aunque de manera quizás menos frecuente que en otras épocas, aún se aplicaba para reprimir las prácticas homosexuales.

Así, por ejemplo, una sentencia del Tribunal Supremo del año 1980(6) aborda el caso de dos jóvenes de 25 y 32 años de edad que, a las dos de la madrugada habían aparcado un coche en un camino para mantener prácticas sexuales, donde fueron sorprendidos por la Guardia Civil. En el juicio de primera instancia se condenó a ambos procesados por el delito escándalo público, sentencia posteriormente confirmada por el Tribunal Supremo. Hubo que esperar al año 1988 en el que, una modificación parcial del Código Penal (7) derogó dicho delito. Este hecho que culminó, ahora sí, el proceso de legalización de las disidencias sexuales y de género en España.

Se puede concluir, por tanto, que la legalización de la disidencia sexual en España fue un proceso progresivo que duró prácticamente una década. Su desarrollo se encontró con las reticencias de un sistema democrático recién inaugurado que mantenía aún muchos de los tics LGTB-fóbicos del régimen dictatorial. La comunidad LGTB no fue un sujeto al que se tuvo en cuenta durante los años transicionales de tal manera que el proceso de legalización tuvo que ser impulsado por los colectivos, incluso desde una posición de ilegalidad. La reforma de la ley de peligrosidad social en el año 1978, que eliminó la homosexualidad de las categorías de peligrosos sociales, significó el inicio del proceso. Tras este paso, la legalización de los colectivos a partir del año 1980 permitió que estos continuaran con su tarea reivindicativa desde posiciones más fuertes y seguras. Pero a la legalización colectiva no siguió pareja la consideración de los derechos individuales. Las persona trans tuvieron que esperar a la reforma del código penal de 1983 y a una sentencia del Tribunal Supremo de 1987 para ver reconocido, aunque de manera precaria y a través de complejos y humillantes procedimientos judiciales, su derecho al reconocimiento de su identidad en el ámbito registral. Por fin, la derogación del delito de escándalo público en 1988 permitió a la comunidad LGTB sentirse aliviada ante la eliminación de la posibilidad de ser sorprendidos ‘in fraganti’ en un acto sexual y ser procesados por tal delito. Esta última reforma llegó, además, en un momento crucial para la comunidad LGTB, en el que el SIDA hacía sus estragos. La epidemia del VIH tuvo nefastas y trascendentales consecuencias para la disidencia sexual y de género, a la que plantearía nuevos retos y perspectivas que se habrían de abordar en los años y décadas siguientes. Esta vez, sí, desde la legalidad, aunque no desde una verdadera igualdad legal y social, objetivo aún pendiente de alcanzar.

  • Bibliografía
  • 1/  Ley 77/1978, de 26 de diciembre, de modificación de la Ley de Peligrosidad y Rehabilitación Social y de su Reglamento, «BOE» núm. 10, de 11 de enero de 1978.
  • 2/ La redención de penas por el trabajo o los posibles indultos o amnistías no eran aplicables a los peligrosos sociales, por poner un ejemplo.
  • 3/ Actualmente Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex (ILGA).
  • 4/ Ley Orgánica 8/1983, de 25 de junio, de Reforma Urgente y Parcial del Código Penal.
  • 5/ Nos referimos a la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas.
  • 6/ Sentencia del Tribunal Supremo 4531/1980.
  • 7/ Ley Orgánica 5/1988, de 9 de junio, sobre modificación de los artículos 431 y 432 y derogación de los artículos 239, 566.5º, 567.1.º y 3.º y 577.1.º del Código Penal.

2017/06/26

DOCUMENTACIÓN | MEMORIA | HACE 40 AÑOS LAS RAMBLAS DE BARCELONA ACOGIERON EL PRIMER ORGULLO GAY

Hace 40 años el primer Orgullo LGBTI marchaba en el Estado Español.
En 1977 las Ramblas de Barcelona acogieron más de 4.000 manifestantes al grito de “No queremos más Peligrosidad Social” y “Amnistía ya”. 40 años para entender qué movimiento LGBTI queremos construir hoy.
Jorge Remacha | Izquierda Diario, 2017-06-26
https://www.izquierdadiario.es/Hace-40-anos-el-primer-Orgullo-LGBTI-marchaba-en-el-Estado-Espanol 

"Nosaltres no tenim por, nosaltres som" ("Nosotros no tenemos miedo, nosotros somos" , en catalán). Esta consigna encabezaba la pancarta inicial junto a las personas trans que se dispusieron en primera línea de combate.

Le seguirían otras como “Mujer, es a ti a quien queremos y por ti por quien luchamos” o “Soy homosexual, soy hermoso” en la primera Marcha del Orgullo Gay en el Estado Español, que reunió el 26 de julio de 1977 en Las Ramblas de Barcelona a más de 4.000 personas, al tiempo que se organizaban otras concentraciones menores en Sevilla y Madrid.

En las inmediaciones del Liceo se interrumpirían los gritos de “Mi cuerpo es mío y hago con él lo que me da la gana” y “¡Amnistía sexual!” , para dar paso a la carga de las fuerzas policiales conocidas como “los grises”, dejando varias personas heridas y un detenido. Éstas serían respondidas con barricadas improvisadas con las sillas de los bares cercanos, dispuestas en primer lugar por las personas trans.

El caldo de cultivo para este primer Orgullo contiene múltiples ingredientes para entender el momento y el futuro de este suceso, que marcó un antes y un después por la liberación sexual.

En primer lugar, las personas LGBTI estaban legalmente perseguidas por la Ley de Vagos y Maleantes desde 1954 hasta 1970 (esta ley es de 1933, pero no incluye a “los homosexuales” hasta entonces), por la de Ley de Peligrosidad Social desde 1970 hasta 1979 y por el artículo 431 del Código Penal hasta 1988.

La pelea por el fin de la Peligrosidad Social es la pelea por el fin de las condenas de 5 años de cárcel, que suman más de 1.000 en los años de la Transición. La Amnistía de 1977 había sacado de la cárcel a los presos políticos sin delitos de sangre a cambio de imposibilitar el futuro juicio de los criminales franquistas.

Las organizaciones feministas y LGBTI serían ilegales hasta 1981, y los presos LGBTI se habían quedado dentro de la cárcel y fuera del pacto de la Transición.

Las cifras totales de estas condenas están en torno a las 5.000. Así mismo, numerosas personas LGBTI fueron sometidas a lobotomías o electroshocks hasta finales de los años 70.

En el propio año 1977, UCD, nuevo partido dirigido por el antiguo Secretario General del Movimiento (como se denominaba a la Falange, partido único durante el franquismo) planeó la creación de “diez mil plazas para la reeducación de homosexuales”, que no se llevó a cabo.

Las cárceles albergaron a personas LGBT catalogadas como “presos sociales”, estando en módulos donde los funcionarios de prisiones habitualmente los prostituían, como en el caso de la Cárcel Modelo de Barcelona o la de Carabanchel en Madrid.

Anteriormente existieron durante el franquismo las “Colonias Agrícolas”: auténticos campos de concentración para homosexuales, y se hallaban en Badajoz, Huelva y Fuerteventura. Por ellas pasaron cientos de personas en condiciones de hambre, trabajo esclavo y tortura, siendo en el caso de Fuerteventura, dirigida por sacerdotes.

Por otra parte, esta manifestación está fechada en estos días como aniversario de la Revuelta de Stonewall, una revuelta en la ciudad de Nueva York un 28 de junio de 1969 que trajo días de disturbios en las calles del Greenwich Village para inaugurar una nueva época de lucha por la diversidad sexual, día que se sigue conmemorando como el Orgullo.

En el Estado Español los ecos de la Revuelta de Stonewall, y del Mayo del 68, llegan a través de publicaciones introducidas de forma clandestina, conformándose en los últimos años de la dictadura los primeros grupos, que seguirán la línea anticapitalista de los Movimientos de Liberación Homosexual que emergían en Estados Unidos, América Latina, Gran Bretaña, Francia o Alemania.

Esto sucede en un contexto mundial de ascenso de la lucha de clases y desarrollo de los movimientos antirracistas, antiimperialistas y de emancipación de la mujer, pelean por los derechos de las personas LGBT con un discurso que ataca también a la sociedad capitalista como culpable de esas diversas opresiones. Al mismo tiempo, en el Estado Español el aparato de la dictadura era puesto contra las cuerdas por el movimiento obrero.

Como un primer embrión, en 1970, se funda en Barcelona la Agrupación Homófila para la Igualdad Sexual (AGHOIS), que un año después se renombraría Movimiento Español de Liberación Homosexual (MELH).

En 1972 también surgieron grupos en Madrid y Bilbao, hasta que la organización fue disuelta mediante la presión policial. Sin embargo, en 1975, fundarían también en Barcelona el Frente de Liberación Gay de Cataluña (FAGC), así como se articuló en el País Vasco el Movimiento de Liberación Gay Vasco (EHGAM) o en Madrid el Frente Homosexual de Acción Revolucionaria (FHAR). También se creó la Coordinadora de Frentes de Liberación Homosexual del Estado Español (COFLHEE).

Estos movimientos trataron de mantener una línea anticapitalista y de alianza con los sectores oprimidos y el movimiento sindical en medio de un ascenso obrero y de masas y de una dura represión, aunque sufrieron, y en ocasiones cedieron, a presiones conservadoras de institucionalización, cooptación y deriva reformista.

Mientras, en la izquierda había posiciones enfrentadas sobre la cuestión de la liberación sexual, dándose posiciones homófobas tanto en la izquierda más conciliadora con los antiguos franquistas como en la extrema izquierda.

Pese a ello, buena parte del Orgullo que recorrió las Ramblas de Barcelona en 1977 estaba formado por militantes libertarios y de partidos y organizaciones de izquierda, comenzando algunas de ellas a tender política hacia este naciente movimiento.

40 años después queda mucho por hacer, peleando por la total liberación sexual y la conquista de derechos en todo el mundo, sabiendo que nos siguen agrediendo en las calles o discriminando cada día, sabiendo, como entonces, que nuestro horizonte es conquistar un mundo sin opresión, ni de clase, ni de raza, ni de género, ni de orientación sexual.

2005/06/24

DOCUMENTACIÓN | OFENSIVAS | EZKER BATUA Y HEGOAK DENUNCIAN A AQUILINO POLAINO POR DAÑAR LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS HOMOSEXUALES

Denunciado Polaino por dañar la dignidad de los gays.
El País, 2005-06-24

https://elpais.com/diario/2005/06/25/sociedad/1119650407_850215.html 

Ezker Batua (EB), uno de los tres partidos que integran el Gobierno vasco en funciones, y la asociación vasca de gays, lesbianas y transexuales Hegoak presentaron ayer en el Juzgado de Guardia de Bilbao una denuncia contra el catedrático de Psicopatología Aquilino Polaino por equiparar en el Senado la homosexualidad con una enfermedad. Invitado como experto por el PP, Polaino, director del departamento de Psicología en la universidad privada y católica San Pablo-CEU, sostuvo, entre otras cuestiones, que a los homosexuales "se les puede ayudar con terapia reparativa".

La denuncia considera que estas manifestaciones "han generado gran alarma social por su manifiesta falta de veracidad y gravísima lesión de la dignidad" de los homosexuales. El texto recuerda el artículo 510 del Código Penal, que castiga con cárcel de uno a tres años a quienes inciten a la discriminación por raza, religión u orientación sexual, entre otros motivos, y a quienes "con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad difundieren informaciones injuriosas" sobre estos colectivos.

Para los denunciantes, palabras como las de Polaino "no pueden quedar impunes en una sociedad democrática" ni ampararse en la libertad de expresión dada "su manifiesta falta de todo soporte científico".

La denuncia fue presentada por la portavoz de EB en el consistorio bilbaíno, Julia Madrazo, y el presidente de Hegoak, Txema Gonzalo. Madrazo destacó que es necesario "poner límites a este tipo de situaciones", mientras Gonzalo, quien calificó al catedrático de "experto en homofobia y eso sí que es una enfermedad", apuntó que el mensaje que quieren hacer llegar a la sociedad con la denuncia es que "no se puede decir cualquier cosa impunemente". Quieren que la denuncia se traslade a los juzgados de Madrid, ya que fue en esta ciudad donde Polaino realizó sus manifestaciones.

2004/11/11

DOCUMENTACIÓN | MEMORIA | ANTE LA LEY QUE REGULA LAS NUEVAS FORMAS DE MATRIMONIO

Ante la ley que regula las nuevas formas de matrimonio
Andoni Guillen - Miembro de ESK | Gara, 2004-11-11 [MyNews]

La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social»... dice la Constitución en el artículo 10.1; en el artículo 32.1 que... «el hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica»; en el 32.2 que «la ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos».

En el artículo 31 dice que «todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad» y en el 14 dice que... «los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».

Ante todo esto me hago alguna pregunta:

¿Por qué no cumplen en este caso su Constitución? ¿Debemos alegrarnos por la aprobación del proyecto de ley que regulará las nuevas formas de matrimonio?

Yo diría que no es para tanto, ya que de entrada llega muy tarde, la Constitución ha cumplido más de 25 años. ¿Qué han hecho en estos 25 años para evitar esta discriminación que hemos sufrido en democracia las personas que tenemos prácticas homosexuales? Por otro lado no hay que olvidar que ya estamos viviendo en modelos de familias diferentes a la establecida; que hay un gran número de familias formadas por personas del mismo sexo, con hijos e hijas biológicas o adoptadas, que ante una desgracia, fallecimiento, separación... no tienen una ley a la que acogerse para evitar problemas añadidos debido al vacío legal existente, vacío que pretenden llenar con esta nueva ley.

Sería interesante hacer un poco de historia y recordar que cuando el PSOE estaba al frente del Gobierno allá por el año 1992 y ante una inminente reforma del Código Penal la comisión redactora de dicha reforma recibió una carta de la COFLHEE. La Coordinadora de Frentes de Liberación Homosexual de Estado Español, que tenía una intensa actividad en aquellos años, envió un escrito a la comisión redactora en el que solicitaba que la nueva redacción del Código Penal recogiera «de un modo avanzado y acorde con un Estado Democrático y de Derecho, la temática referente a la homosexualidad»; se remitió también el Proyecto de Ley Antidiscriminatoria elaborado por dicha coordinadora. Todo esto, como he dicho, en 1992, hace nada más y nada menos que 14 años; gobernando el PSOE.

Catorce años después vuelve el partido mencionado al poder, pero esta vez con necesidad de marcar diferencias con el anterior gobierno y una de las primeras cosas que ha hecho ha sido presentar un proyecto de ley para acabar con esta situación de discriminación, que es insostenible en un estado que se proclama democrático en el siglo XXI. No hacen más que cumplir sus leyes, eso sí, tarde y aún esperarán que nos alegremos.

No todo el mundo quiere casarse, no creemos que el matrimonio ni la propia Constitución sean la panacea, pero sí queremos poder elegir como integrantes de esta sociedad, como personas libres la forma en que queremos vivir las relaciones interpersonales.

El PP en los ocho años que estuvo en el poder no hizo nada en este sentido, mejor dicho lo único que hizo fue recurrir la aprobación de la Ley de Parejas de Hecho de Navarra en la que por primera vez se aprobó la adopción por parejas formadas por personas del mismo sexo en una comunidad del Estado español. Hay que recordar que una persona sola al margen de su orientación sexual puede adoptar, pero en pareja no; esto no es lógico.

Ya basta de hipocresía y de hacer valer los valores morales de una religión determinada, como si de valores sociales se tratasen: la misma Constitución en su artículo 16.3, dice que... «ninguna confesión tendrá carácter estatal» y eso es algo que la Iglesia Católica no está dispuesta a asumir por la pérdida de privilegios que supondría.

No es de extrañar que el PP y por ende UPN hayan apoyado sin fisuras la actitud antidemocrática del propuesto Comisario Europeo de Justicia e Igualdad, Rocco Buttiglione, que todavía cree que el papel de las mujeres en el matrimonio y en la sociedad es tener hijos bajo la protección de un varón. Buttiglione «un gran amigo del Papa, hasta el extremo de que aprendió polaco para tratarse con la curia que rodea al Pontífice, ha dicho públicamente que considera pecado la homosexualidad y que la mujer debe desempeñar un papel pasivo en la sociedad», informaba un periódico que añadía «ha contado con el apoyo exclusivo del Partido Popular Europeo y de los Demócratas Europeos donde se encuentran los 24 Eurodiputados del PP español».

Pero no están solos, el Vaticano les ayuda. El cardenal presidente del Consejo Pontificio de Justicia, representante de la institución que con su inquisición nos echaba a la hoguera, con un descarado victimismo, denuncia públicamente que hay «una nueva inquisición que sienta a la iglesia católica y a los cristianos en el banquillo»; es muy curioso que lo digan ellos que siguen haciendo públicamente apología de la homofobia, negando los derechos de las demás personas en pro de su propia moral.

La oposición a la nueva ley que regulará las nuevas formas de matrimonio, potestad que la Constitución otorga al poder legislativo, debería tenerse en cuenta a la hora de subvencionar con dinero de las arcas públicas instituciones que fomentan la discriminación o que hagan apología de la homofobia y el rechazo social.

Hace poco pudimos saber las cantidades de dinero que «cada año Hacienda entrega a la Conferencia Episcopal para pagar los sueldos de los eclesiásticos. En el año 2004 por ejemplo va a recibir 138,7 millones de euros, (unos 23.000 millones de pesetas de las de antes). Además el Estado paga los salarios de 30.000 docentes de catolicismo y de un millar de capellanes castrenses, hospitalarios o penitenciarios y libra miles de millones para subvenciones varias. La cifra no baja de 3.600 millones entre todas las administraciones».

Me gustaría que de una vez por todas se legislase de manera no discriminatoria y se sentasen unas bases sólidas para una convivencia en libertad, donde cada persona sea libre para elegir dónde, cómo, cuándo y con quién compartir su vida.

Grupos irrespetuosos con los derechos de las demás personas como es la Iglesia católica y su jerarquía seguirán estando ahí, lo que pido es que no sean subvencionados con dinero público y que no se les permita, al menos en público, hacer declaraciones en contra de la convivencia y de los derechos inherentes de las personas recogidos en la propia Constitución.

1998/10/01

DOCUMENTACIÓN | OFENSIVAS | EHGAM PIDE EL SECUESTRO DE UN DISCO DE MOLOTOV POR INCITACIÓN AL ODIO CONTRA LOS GAIS

Los "gays" vascos piden el secuestro del disco del conjunto mexicano Molotov.
Igor Cubillo | El País, 1998-10-01

https://elpais.com/diario/1998/10/02/paisvasco/907357220_850215.html 

La reiterada difusión en medios de comunicación y locales públicos de 'Puto', segundo single extraído del estreno discográfico del cuarteto mexicano Molotov, ha despertado las iras y la indignación de EHGAM, el movimiento de liberación gay del País Vasco. Así, ante lo que considera un flagrante atentado contra la libertad sexual, su delegación en la capital vizcaína ha presentado una denuncia ante el Juzgado de Instrucción de Bilbao que por turno corresponda. EHGAM pide el secuestro del disco.

Apoyada en varios artículos del nuevo Código Penal (sobre todo el 510.1 de su Sección Primera, que castiga a "los que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones"), la denuncia se dirige en concreto contra el director de la editora Universal Music Hispania y el director de la distribuidora BMG Music Spain, o sus respectivos representantes legales, así como contra el autor de la canción. De momento, "como medida cautelar", se pide al juzgado que prohíba la comercialización del elepé 'Dónde jugarán las niñas' en todos sus formatos, la prohibición de la difusión de 'Puto' en "cualquier medio", así como los conciertos del grupo, y el secuestro tanto de todos los soportes que incluyan el tema como de la grabación original.
 
Según hace constar la procuradora de EHGAM, Yolanda Cortajarena, en la propia denuncia, tales peticiones se justifican en que todas las partes denunciadas habrían incurrido "en una provocación colectiva al odio y a la violencia contra un grupo de personas caracterizadas por una determinada orientación sexual". "Mensaje indignante" La denuncia agrega que "el mensaje de la canción es absolutamente indignante y discriminatorio contra los hombres homosexuales, a los que llama a agredir con expresiones cargadas de odio. Desde luego, la interpretación que se hace socialmente de esa expresión es clara: "matarile al maricón", en el sentido de agredir al hombre homosexual".
 
La asociación gay, la más importante de Euskadi, considera la canción "perniciosa y peligrosa" y no acepta la interpretación del propio grupo. Molotov asegura que la canción es sólo un ataque a los "cobardes". Pero, aun así, EHGAM destaca el daño que hace al colectivo gay. "En un nivel casi seminconsciente se va creando un ambiente de linchamiento propicio a que se produzcan agresiones físicas contra gays, contra personas que muestran en público su afectividad hacia personas del mismo sexo. Vamos a hacer todo lo posible para que esta canción desaparezca, no sólo del mercado y de las emisoras, sino de la memoria de la gente", aseveraron ayer en rueda de prensa representantes de la asociación, no sin antes destacar que no quieren "sacar ninguna tajada económica".
 
BMG Music se ha desentendido del asunto y, tras asegurar que hace ya dos años que no distribuye el material de Universal, no duda en atribuir la responsabilidad al editor. "Universal distribuye ahora sus propios discos; no tenemos nada que ver", afirmaba personal de la distribuidora desde sus oficinas en Madrid. La jefe de prensa de Universal, desconocedora de la denuncia, y ante la ausencia de sus superiores, prefirió no hacer comentarios.
 
Al margen de las medidas judiciales, EHGAM ha hecho pública su disposición a ponerse en contacto con los promotores para proponerles la suspensión del concierto que Molotov tiene previsto ofrecer en la localidad vizcaína de Balmaseda el próximo día 24, dentro de su gira, llamada ‘Fuck you puto baboso tour 98’. Alfonso Santiago, uno de los impulsores del evento, mostró categóricamente su intención de no ceder ante las presiones. "No se va a suspender el concierto. Somos partidarios de la libertad de expresión y Molotov es un grupo más que expone sus planteamientos de las cosas. Yo pienso como quiero y Molotov piensa como quiere de esos temas", recalcó.
 
 
"Matarile al maricón"
Igor Cubillo | El País, 1998-10-01

https://elpais.com/diario/1998/10/02/paisvasco/907357221_850215.html

A continuación se reproduce la letra de Puto, desencadenante de la polémica. Según EHGAM incita a agredir, e incluso matar, a los homosexuales. Molotov afirma que únicamente recrimina la actitud "de los cobardes". "Puto el que no brinque y que no salte / Puto el que no grite y eche desmadre / Puto el güey que quedó conforme / Puto el que creyó lo del informe / Puto el que nos quita la papa / También el que lo tapa / El que no hace lo que quiere / Puto nace y puto se muere. Amo matón, matarile al maricón / Y qué quiere ese hijo de puta? / Quiere llorar, quiere llorar. Puto le faltan tanates al puto / Le faltan trompitates al puto, le faltan tanates... Amo matón, matarile al maricón / Y qué quiere este hocicón? / Quiere llorar, quiere llorar". 

1998/03/19

DOCUMENTACIÓN | OFENSIVAS | LA SENTENCIA DEL 'CASO ARNY' DISIPA LA SOSPECHA QUE PESABA SOBRE LOS ACUSADOS MÁS FAMOSOS

La sentencia del 'caso Arny' disipa la sospecha que pesaba sobre los acusados más famosos.
Absueltos 32 de los 48 procesados, entre ellos Gurruchaga, Cadaval y Jesús Vázquez.
José Andrés Rojo | El País, 1998-03-19
https://elpais.com/diario/1998/03/20/sociedad/890348401_850215.html 

El caso Arny se deshinchó ayer con la absolución de los más famosos acusados en este proceso por prostitución de menores. La Audiencia de Sevilla no halló pruebas contra 32 de los 48 acusados, y considera que las contradicciones y, en algunos casos, la "animadversión" de los testigos hacia varios procesados obliga a dejar libre a la mayoría de los trabajadores del famoso local sevillano y a casi todos los clientes, entre ellos los cantantes Jesús Vázquez y Javier Gurruchaga, el humorista Jorge Cadaval, el juez de menores Manuel Rico Lara y Antonio Tejado, hermano de la cantante María del Monte.

No obstante, la sala ha condenado a los dos principales promotores del bar, a ocho empleados y a seis clientes -incluido Ramón de Carranza, marqués de Sotohermoso- por haber prostituido a menores. Decenas de periodistas y abogados se concentraron ayer en el edificio de la audiencia para recoger la sentencia que cerraba en Sevilla un juicio largo y proceloso que ha sacudido Andalucía. Un agente llevó en un carrito de hipermercado las fotocopias, que habían dormido en la caja fuerte de la Sección Tercera de la Audiencia. Las 72 páginas (sólo 70 para los periodistas al ocultarse los nombres de los 59 testigos menores de edad) expresan que ha quedado probado que en el Arny se prostituía a menores; y explican detalles escabrosos de las relaciones sexuales mantenidas al abrigo del bar, descritas en los cinco meses de juicio.

Los fundamentos de derecho del fallo, del que ha sido ponente el magistrado Angel Salas, arrancan desestimando una sentencia del Supremo del 12 de enero pasado, según la cual no cometen un delito de prostitución "quienes comercian carnalmente de manera directa con personas ya prostituidas". La sala entiende, por el contrario, que "resulta irrelevante que el menor o menores cuya prostitución se favorezca se encuentren ya prostituidos, ya que siempre se espera o es posible una regeneración que indudablemente se dificulta con los nuevos actos de prostitución, que le hunden más".

Abono de un precio
El tribunal asegura que el artículo 187 del nuevo Código Penal castiga "no sólo a quienes explotan, facilitan, favorecen o se aprovechan de la prostitución de un menor, sino también a quienes mantienen relaciones sexuales a cambio de precio con esos menores". Además, afirma que "sería absurdo sostener que, para el Código Penal vigente, a partir de los 12 años cualquier persona puede libremente decidir dedicarse al ejercicio de la prostitución, sin que a causa de ello, por entenderlo ejercicio de una libertad, recaiga sanción sobre quienes para obtener un goce realicen actos sexuales con esos menores y adolescentes merced al abono de un precio". Este fundamento es el que ha llevado a condenar a los seis clientes que se ha demostrado que mantuvieron relaciones sexuales con menores en el local Arny. Uno de ellos, Manuel Mora Waflar, ni siquiera llegó a mantenerlas debido a un incidente con dos menores sobre quién debía realizar a quién un coito anal, pero el tribunal considera que la mera negociación del precio del acto sexual es la incitación a la prostitución. En el caso del marqués de Sotohermoso y Villapesadilla, el tribunal cree que la "mantenida y sincera declaración" del testigo 48 "transmitió la convicción necesaria" de que mantuvo un coito anal con el acusado, motivo por el que le condena a un año de prisión.

El resto de los clientes del Arny queda absuelto por falta de pruebas, debido a las contradicciones falta de credibilidad e incluso mentiras de los testigos. El testigo que sale peor parado es el número 1, el ya mayor de edad José Antonio Sánchez Barriga, quien presentó la denuncia primera que abrió el caso Arny en marzo de 1994, y del que el tribunal dice: "Absolutamente ninguna credibilidad merece al tribunal habida cuenta de las múltiples declaraciones prestadas y contradicciones en que ha incurrido, ignorándose cuándo ha dicho la verdad, si es que alguna vez la ha dicho". Este testigo fue el que acusó al juez de menores Rico Lara, y la Sala entiende que tenía "motivos de animadversiór" hacia él pues éste retiró la guarda y custodia a la madre de aquél y había decidido su internamiento en correccionales.

La condena más dura ha recaído sobre el dueño del Arny, Carlos Saldaña: 33 años de cárcel, de los que 18 son por haber facilitado seis relaciones sexuales entre clientes y menores y el resto por cinco actos mantenidos por él mismo. Precisamerite son 18 años los que se han impuesto al encargado del pub, José Antonio González Losada, al que no le han valido los argumentos de que había colaborado con la justicia. Pese a lo elevado de las condenas, ambos cumplirán como máximo el triple de la pena más grave, es decir, nueve años. El resto de las penas van desde el año y nueve meses de Domingo Arnaldo Concha, Arny (el bailarín que dió nombre al pub), o los dos años al cliente Manuel Mora, al año impuesto a otros cinco clientes.

¿Quién borra el daño causado?

José Andrés Rojo | El País, 1998-03-19

https://elpais.com/diario/1998/03/20/sociedad/890348402_850215.html

La pregunta que se hacían ayer los absueltos en el caso Arny era unánime: ¿Quién borra ahora el daño de dos años de imputación y cinco meses de banquillo? Ese daño es especialmente palpable en el juez de menores Manuel Rico Lara, apartado de su cargo con gran celeridad cuando se conoció su imputación en febrero de 1996, o en Jesús Vázquez, cuya obligación de permanecer en el banquillo desde el 1 de octubre de 1997 hasta el 17 febrero le ha impedido trabajar en obras de teatro y televisión. Vázquez ha perdido, además, durante el proceso a su madre. Jorge Cadaval y su hermano César -Los Morancos de Triana- comparecieron juntos ante la prensa. "Ahora estoy en una nube, nervioso pero tranquilo. Se ha demostrado lo que dije desde el primer momento: que soy inocente". Los hermanos reconocieron ayer que este caso ha estado a punto de dañar irreparablemente su vida profesional. Jorge apostilló: "Todo el mundo ha puesto el dedo en la llaga sin saber si las acusaciones eran ciertas o no, cuando la presunción de inocencia debe ser lo primero".

Nada más conocer la sentencia, Jorge Cadaval llamó a su amigo Jesús Vázquez, quien ha decidido marcharse a vivir a Londres a raíz de este caso, que le ha impedido, por ejemplo, aceptar un papel protagonista para una obra en el María Guerrero, informa Amaya Iríbar. Ayer viajó a Canarias para presentar un desfile de modas. [Allí, Vázquez anunció que emprenderá acciones legales contra la juez instructora del caso, María Auxiliadora Echevarri, informa Efe.]

Recuperar el respeto
El juez de menores Manuel Rico Lara ofrecerá hoy una rueda de prensa. Su abogado defensor, Francisco Baena, pidió ayer que se le reincorpore inmediatamente a un juzgado. El juez ha tenido que dar clases en la universidad para obtener ingresos. A Antonio Tejado, hermano de María del Monte, los dos años de imputación "han parecido dos siglos". Su hermana se ha sentido tan afectada que no ha grabado un disco en dos años.

Por el cantante y actor Javier Gurruchaga hablaron ayer sus abogadas Paz y Cristina Almeida. "Gurruchaga ya se sentía absuelto, pero lo que le gustaría ahora es recuperar la confianza y el respeto de los ciudadanos, que es lo que más le importa".

La ruina ha rondado a otras muchas personas, como Manuel Ibáñez, al que le cerraron sus bares de ambiente, Valentino y El 27, y con ellos sus fuentes de ingresos. Guillermo Carmona fue expulsado de la hermandad de la Santa Cruz, Miguel Fragoso tuvo que sacar a su hijo del colegio por presión de otros padres y el policía Miguel Rivera fue suspendido de empleo y sueldo.

1997/09/28

DOCUMENTACIÓN | OFENSIVAS | LOS 49 ACUSADOS DEL 'CASO ARNY' SE ENFRENTAN A UNA PETICIÓN DE 629 AÑOS

Los 49 acusados del 'caso Arny' se enfrentan a una petición de 629 años.
Ya no existe la corrupción de menores y un procesado convive hoy con su denunciante.
Jorge A. Rodríguez | El País, 1997-09-28
https://elpais.com/diario/1997/09/29/sociedad/875484001_850215.html 

La historia de ese pub se remonta a diciembre de 1994, cuando Carlos Saldaña y su amigo Domingo Arnaldo decidieron abrir un local de prostitución masculina frente a la estación de Córdoba, aprovechando el rebufo de otro establecimiento muy próximo, ‘El 27’. El diminutivo de Arnaldo dio nombre al bar, que extendió su fama rápidamente. Su llamado ‘bingo loco musical’, una especie de sorteo de chicos para mantener relaciones sexuales, tuvo un gran éxito. "Los chicos hacían unos seis o siete servicios cada noche, por los que cobraban entre 5.000 y 8.000 pesetas. Allí había colas", declararía más tarde un camarero del local. El negocio siguió su curso hasta que a finales de febrero el testigo número 1 acudió a la policía para denunciar a Saldaña, su antiguo amante. Ambos se habían conocido en la Algaba (Sevilla) cuando el testigo tenía 13 años y desde entonces mantuvieron relaciones sexuales "a cambio de regalos y dinero", según la acusación de la fiscal Marta Valcárcel.

Pero una buena mañana, el chaval, de nombre José Antonio, se presentó en el grupo policial de menores (Grume) de Sevilla y con sus declaraciones puso en marcha el caso que más morbo ha levantado en España en los últimos años, junto al del duque de Feria, ocurrido también en Sevilla.

La policía se puso manos a la obra y el 28 de octubre de 1995 reventó el bar. Fue entonces cuando el caso se convirtió en una olla a presión: los menores comenzaron a testificar y lanzaron nombres que dejaron boquiabiertos a los agentes, la fiscal y la juez instructora, María Auxiliadora Echavarri.

Llegaba la Navidad y uno de los acusados por los menores, Jorge Cadaval, el alto de Los Morancos de Triana, salía de rey mago en la cabalgata. El escándalo saltó a las páginas de los periódicos el 18 de enero del año pasado. "Una juez investiga a famosos por corrupción de menores", titulaba ese día El País. La declaración como secretas de las actuaciones 540/95A disparó en los corrillos de los bares de toda la ciudad las listas apócrifas de implicados, que luego purgó la realidad.

La primera sorpresa: el juez de menores de Sevilla Manuel Rico Lara estaba supuestamente implicado en el caso, precisamente acusado, aunque en solitario, por el testigo número 1. Luego surgieron otros nombres como el cantante y actor Javier Gurruchaga, el cantante y presentador Jesús Vázquez, el ya citado ‘moranco’, Ramón de Carranza, marqués de Sotohermoso. Todos fueron acusados de corrupción de menores y puestos en libertad bajo fianza.

Los ecos del morbo de este caso se fueron apagando para resurgir con la acusación del fiscal: acusaba a todos, responsables del Arny y de otros dos pubs de similar tenor (‘El 27’ y ‘El Valentino’), trabajadores de ambos y clientes. Así hasta 49 personas, 29 de ellas clientes.

Las peticiones de pena presentadas por la acusación van desde los 168 años de prisión para Carlos Saldaña a un año por cada una de las relaciones sexuales que se demuestre que los clientes mantuvieron con los menores: un año para Gurruchaga, el juez y Jesús Vázquez; tres para Jorge Cadaval ó 17 para el catedrático de Derecho Santiago Oliveros Lapuerta.

La cuestión que ahora tendrá que resolver la Sección Tercera de la Audiencia, presidida por Agustín del Río, es si la corrupción de menores existe o si, como sostiene una de las acusaciones de menores, los clientes no pueden ser acusados.

La duda surge por el artículo 187 del Código Penal que entró en vigor en mayo de 1996. Éste elimina la frase "corrupción de menores" y mantiene sólo "prostitución de menores". La sala tendrá que inclinarse por una de las dos interpretaciones radicalmente opuestas que sobre el asunto ha hecho el Tribunal Supremo: la de José Augusto de Vega, que la considera desaparecida del nuevo texto, o la de Carlos Granados, que sostiene que lo que antes era corrupción ahora se engloba en la prostitución de menores.

El miércoles comenzarán las respuestas o se abrirán más interrogantes, ya que se han presentado 60 cuestiones previas que incluso piden la anulación de las actuaciones porque creen que todo lo del Arny fue un delito provocado.

A 600.000 pesetas la entrevista
El macrojuicio del Arny ha roto tantos esquemas en Sevilla, que incluso ha habido que hacer obras en los juzgados para que quepan en una misma sala defensas, acusaciones, abogados y acusados. Pero es que, además del morbo del propio asunto, los días previos al caso se han visto salpicados por noticias sorprendentes: la decisión de celebrar la vista a puerta cerrada, la íntima amistad que de nuevo une al principal acusado y al principal testigo y, sobre todo, el abierto trapicheo de testimonios, que se venden al mejor postor.

La decisión del presidente de la Sección Tercera, Agustín del Río, de impedir la entrada de la prensa a la sala de vistas se ha sumado a otra anterior que limita severamente el acceso de los medios de información a los edificios judiciales andaluces. Ambos vetos han sido duramente criticados por las asociaciones de la prensa. Incluso el fiscal jefe de Sevilla, Alfredo Flores, irá a las primeras sesiones del juicio para reclamar que la vista sea pública.

La intención de prensa, fiscalía e incluso de la acusación ejercida por Prodeni es evitar que tras las sesiones se produzcan filtraciones interesadas, versiones de los hechos inexactas en juicios paralelos conducidos hacia una tesis única y, también, que el resultado final de la sentencia, pública por definición, no sea entendido por los ciudadanos como algo surgido del secreto, sino fruto del desarrollo de un juicio, con su propia coherencia. Alfredo Flores incluso baraja una fórmula mixta, ya ensayada: audiencia pública, pero sin público ni medios cuando los menores relaten sus experiencias.

El mercadeo de testimonios que se ha disparado antes de que comenzara el juicio parece avalar estas tesis. Alfredo Prats, un abogado con algo más de dos años de ejercicio en Sevilla, está en el punto de mira del Colegio de Abogados, que ha abierto una investigación para saber si es él quien actúa de representante de una lista de 34 personas, entre acusados y testigos; entre ellos, Saldaña y el número 1.

La venta de testimonios es un hecho: un comunicante telefónico que se identificó con el nombre de Eduardo Prats ofreció a este diario entrevistas con implicados en el caso por elevados precios, que oscilaban entre las 80.000 y las 600.000 pesetas. No se le hizo ni caso. Al menos otros cuatro medios consultados han recibido ofertas similares, e incluso el representante de un programa televisivo ha mostrado su malestar porque el ‘producto’ le había sido arrebatado por la competencia.

1997/05/27

DOCUMENTACIÓN | OFENSIVAS | 10 AÑOS DE INHABILITACIÓN PARA UN INSUMISO QUE ALEGÓ SER HOMOSEXUAL

10 años de inhabilitación para un insumiso que alegó ser homosexual
El País, 1997-05-27 [MyNews]


Diez años de inhabilitación y seis meses de prisión ha sido la condena que ha impuesto un tribunal de la Audiencia de Barcelona a un insumiso, Sergi García Hornos, que alegó ser homosexual para negarse a cumplir el servicio militar y también la prestación social sustitutoria. Se trata de una de las condenas más duras desde la entrada en vigor del nuevo Código Penal, que introdujo la pena de inhabilitación.

El acusado alegó, al ser juzgado, que se negó a incorporarse a filas por considerar que el Ejército era una institución “homófoba” y que cualquier homosexual estaría en peligro. Este argumento no ha convencido al tribunal.

Primero porque, según la sentencia, al decidir no incorporarse al cuartel de San Gregorio, en Zaragoza, no alegó causa alguna que “justificara su incomparecencia”.

Segundo porque el tribunal sostiene que lo que está regulado es la objeción de conciencia y que su “desarrollo legislativo no ve limitadas las razones en que se puede basar el sujeto para plantear su objeción, de modo que pueden ser religiosas, éticas, o de cualquier tipo; pero, en cualquier caso, conduce al deber de cumplir la prestación social sustitutoria”.

1996/06/29

DOCUMENTACIÓN | 28-J | HOMOSEXUALES, LESBIANAS Y 'TRAVESTIDOS' LLEVAN SU ORGULLO A LA CALLE

Homosexuales, lesbianas y travestidos llevan su orgullo a la calle.
EFE | El País, 1996-06-29

https://elpais.com/diario/1996/06/30/madrid/836133862_850215.html 

Más de 2.000 personas, según la Policía Municipal, y unas 4.000 según los organizadores, participaron ayer en la marcha lúdica organizada en Madrid para celebrar el Día del Orgullo de Gays, Lesbianas y Transexuales, y que transcurrió desde la Puerta de Alcalá hasta el Puerta del Sol. En España hay unos tres millones de homosexuales inscritos en asociaciones; de ellos, un millón viven en Madrid.

Representantes de las entidades organizadoras, los Colectivos de Gays y Lesbianas y el Feminista de Lesbianas, Radical Gay, LSD, Transexualia, CRECUL y Rosa que te quiero Rosa, explicaron que la manifestación era de carácter lúdico, pero que tenía muchos objetivos reivindicativos, como el reconocimiento en la ley de las parejas de hecho y el derecho de adopción. El presidente del Colectivo de Gays y Lesbianas de Madrid, Pedro González Zerolo, explicó que en España hay unos tres millones de homosexuales inscritos en asociaciones, de los que un millón viven en Madrid. Observó que en la marcha de este año se había elegido el lema ‘Visibles’, porque, dijo, "no tenemos de qué avergonzarnos.

La necesidad de atender psicológicamente a los homosexuales, informarles para prevenir enfermedades como el sida o asistir a los que lo padecen "son las funciones que cumplen estas asociaciones", dijo González Zerolo".

De esta misma opinión es Mili Hernández, otra militan te feminista y lesbiana, quien refirió: "Nos queda mucho por conquistar hasta que se nos llegue a considerar social mente normales". Aunque reconoció Hernández que el Gobierno socialista les ayudó al introducir en el nuevo Código Penal la penalización de la discriminación en materia de sexo y les reconoció el derecho de subrogación en la Ley de Arrendamientos Urbanos, "ahora, con el PP", comentó, "sólo vamos a encontrar impedimentos, porque no les gustamos".

"Música festivalera"
La manifestación fue un espectáculo festivo que afluyó, desde las siete de la tarde hasta pasadas las ocho, bajo los 30 grados a la sombra que había en Madrid, entre música festivalera, efluvios de un penetrante perfume de rosas, estrambóticos disfraces de travestidos, tacones, escotazos, parejas del mismo sexo, sobre todo hombres, abrazados y exhibiendo, ataviados con pantalón corto y camisetas ceñidas, bronceados músculos. Una orquestina de lesbianas abría la marcha, a la que seguía una carroza repleta de trasvestidos que lucían carnavalescos atuendos en oros, platas, o simplemente mostraban sus desnudos glúteos.

1995/01/24

DOCUMENTACIÓN | REUNIÓN EN RENTERÍA: SE RECLAMA INCLUIR EN EL CÓDIGO PENAL LA HOMOFOBIA COMO DELITO

Los homosexuales reclaman que la homofobia sea considerada delito.
Cristina Angulo | El País, 1995-01-24

https://elpais.com/diario/1995/01/25/sociedad/790988404_850215.html 

La Coordinadora Estatal de Frentes de Liberación Homosexual (COFLHEE) reunida el pasado fin de semana en Rentería (Guipúzcoa), acordó reclamar que "la homofobia sea constitutiva de delito y se incluya en el Código Penal, igual que la xenofobia".

La COFLHEE, con representación en todo el país, presentó en octubre un proyecto de ley "antidiscriminatorio" a Cristina Alberdi, ministra de Asuntos Sociales, que incluye "un compendio exhaustivo de todas las reformas legales necesarias para la efectiva equiparación de derechos entre el colectivo de gays y lesbianas y la población heterosexual", aseguró Pedro Bilbao, miembro de EHGAM de Vizcaya. "Nuestro objetivo es parar las agresiones, que van desde el insulto hasta el asesinato, cambiando la legislación y potenciando con campañas educativas que la población asuma las diferentes opciones sexuales".

La coordinadora acordó luchar "con toda firmeza y en los tribunales" contra las actitudes homofóbicas presentes en los medios de comunicación. La COFLHEE señaló que el pasado noviembre interpuso una demanda judicial contra la periodista Pilar Urbano, por un artículo publicado en la revista Elle y que las asociaciones de homosexuales creen" altamente ofensivo y atentatorio contra nuestra libertad y dignidad".

La coordinadora valoró muy positivamente la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que ha condenado a 34 años de cárcel al ultra madrileño que asesinó hace dos años a un homosexual e hirió gravemente a otro.

1993/06/01

DOCUMENTACIÓN | OFENSIVAS | RUSIA DESPENALIZA LA HOMOSEXUALIDAD Y LIBERA A GAIS ENCARCELADOS

Rusia despenaliza la homosexualidad y libera a los 'gay' encarcelados.
Rodrigo Fernández | El País, 1993-06-01

https://elpais.com/diario/1993/06/02/sociedad/738972008_850215.html 

Cientos de homosexuales serán puestos en libertad próximamente en Rusia, gracias a la modificación del artículo 121 del Código Penal, que consideraba delito las relaciones sexuales entre hombres, incluso si se realizaban con el consentimiento de ambas partes. Antes, los homosexuales podían ser condenados hasta a cinco años de prisión. La noticia del cambio la dio ayer el portavoz del Ministerio de Justicia, Vladímir Zimonenko.

La segunda parte del artículo 121, que penaliza hasta con siete años de prisión las relaciones sexuales entre hombres realizadas por medio de la violencia o con menores, continúa existiendo. Las modificaciones al Código Penal fueron firmadas a fines de abril, pero no entraron en vigor hasta el 27 de mayo, cuando fueron publicadas. El año pasado, más de 400 personas fueron condenadas en virtud del artículo 121, pero sólo 25 de ellas fueron encarceladas por tener relaciones consentidas, indicó Zimonenko.

Miles de beneficiarios

El portavoz del ministerio de Justicia no pudo dar una cifra del total de personas que se beneficiarán con esta modificación a la ley. Las organizaciones de homosexuales tampoco tienen datos exactos, pero estiman que el mínimo de personas que podrán ser liberadas es de cientos y no excluyen que en realidad puedan ser miles. "Para los miles de homosexuales que han sido víctimas de abusos sicológicos y físicos ya es demasiado tarde para borrar el dolor sufrido", dice Pável Masalski, quien tuvo que pasar tres años en prisión por ser homosexual. Para Masalski, la modificación del "maldito artículo" constituye "una nueva etapa en el movimiento por los derechos de los homosexuales en Rusia". Una de la tareas primordiales de este movimiento debe ser la de tratar de acabar con el prejuicio del hombre de la calle, educado en la idea de que la homosexualidad es un delito.

El artículo 121 del Código Penal también fue utilizado como pretexto para poder encarcelar a intelectuales heterodoxos. El caso más famoso es el del director de cine Serguéi Paradzhánov, que pasó varios años en un campo de trabajos forzados.

1992/09/17

DOCUMENTACIÓN | VIH-SIDA | EL CASAL LAMBDA CRITICA LA REGULACIÓN DEL SIDA EN EL PROYECTO DE NUEVO CÓDIGO PENAL

Colectivos homosexuales critican la regulación del sida en el proyecto del nuevo Código Penal.
Milagros Pérez Oliva | El País, 1992-09-17

https://elpais.com/diario/1992/09/18/sociedad/716767208_850215.html 

Diversos juristas convocados por el Casal Lambda, entidad que agrupa a un amplio colectivo de homosexuales, consideran que la penalización del contagio del sida por imprudencia, contemplada en el anteproyecto de Código Penal aprobado por el Gobierno, puede generar conductas de riesgo que favorezcan la expansión del sida. También consideran que el nuevo código sobreprotege innecesariamente a los jóvenes de entre 16 y 18 años, que a esa edad tienen mayor capacidad de obrar de la que les atribuye el legislador.

Los miembros del Casal Lambda están de acuerdo en que el nuevo código penalice a quien voluntaria y maliciosamente contagie a otra persona el sida, pero estima que el castigo del contagio por imprudencia puede tener graves repercusiones.

La figura de la imprudencia plantea en este caso, según la comisión jurídica, un grave problema de prueba, y puede provocar un alud de denuncias infundadas contra personas seropositivas o enfermas, motivadas por otras razones, desde el despecho al intento de obtener un provecho económico. Por otra parte, la comisión plantea la pregunta de ¿dónde comienza la conducta imprudente? Y recuerda que el sida tiene un largo periodo de latencia, o fase silenciosa, en la que el portador del virus puede contagiar la enfermedad dando negativo en los análisis.

Ignorancia deliberada
Parece claro, según estos juristas, que puede haber imprudencia cuando el portador del virus sabe que puede contagiar y no lo advierte o no toma las medidas para evitarlo. "Pero ¿qué ocurre", preguntan, "con la persona cuya conducta es de alto riesgo y no sabe o no quiere saber si está enferma? La creencia de que si no se hace la prueba del sida no podrá ser acusado de imprudencia puede llevar a muchos portadores a evitar hacerse la prueba, favoreciendo así conductas de riesgo que pueden contribuir a expandir la enfermedad".

El no haberse practicado el análisis no eximiría, según los juristas, de culpa por imprudencia. "Pero plantea graves problemas de prueba. Y además, ¿qué sucedería con los ligues de una noche?". Los juristas de Lambda consideran que si una persona de la que pueda acreditarse conducta de riesgo mantiene una relación esporádica con otra, y ésta consiente en ello sin utilizar medidas de protección, no es justo que se castigue sólo a la primera, pues en este caso cabe atribuir a la segunda una "exposición voluntaria al riesgo".

Todo ello puede provocar, según los juristas de Lambda, una criminalización de las relaciones en los colectivos homosexuales y una creciente marginación de las personas afectadas por el sida. El temor a la denuncia puede condicionar la vida cotidiana de muchos homosexuales: "Si la tierna historia de Woody Allen y Mia Farrow ha terminado como ha terminado, con acusaciones de abusos deshonestos en los tribunales, ¿qué puede sucederme si la relación me va mal?", se pregunta uno de ellos.

El colectivo Lambda considera que la regulación del contagio por imprudencia debería estudiarse con mayor profundidad y, en todo caso, establecer mecanismos de protección y prueba suficientes para evitar "procedimientos judiciales injustos".

Por otra parte, en los delitos contra la libertad sexual, el proyecto de código adolece, según el Casal Lambda, de un proteccionismo innecesario de los jóvenes de entre 16 y 18 años. El proyecto establece que comete delito de estupro quien, prevaliéndose de su superioridad, mantiene acceso carnal con un menor de 18 años. Los juristas de Lambda alegan que la edad penal y laboral se inicia a los 16 años, y a esta edad un joven tiene una gran capacidad de obrar y de incitar.

1990/12/30

DOCUMENTACIÓN | DERECHOS | LA CIG PIDE PROTECCIÓN PARA EL DERECHO DE ORIENTACIÓN SEXUAL

Amanece Metrópolis / IV. Aniversario CIGEE, 1990 //

Los homosexuales piden protección para el derecho de orientación sexual

El País, 1990-12-30

https://elpais.com/diario/1990/12/31/sociedad/662598002_850215.html 

La Coordinadora de Iniciativas Gay del Estado Español (CIGEE) ha lanzado una campaña ante la opinión pública para la inclusión del derecho de libre orientación sexual en la legislación sobre protección de derechos fundamentales de la persona. Con motivo del año nuevo, la CIGEE y Vota Rosa proyectan presentar al presidente del Gobierno un manifiesto con las adhesiones obtenidas.

Los promotores de este manifiesto recuerdan la derogación en nuestro país de las normas legales antihomosexuales (delito de escándalo público y ley de Peligrosidad Social), así como la ratificación por el Congreso de los Diputados en 1985 de las recomendaciones del Consejo de Europa antidiscriminatorias. Sin embargo, señalan que el Código Penal no castiga las discriminaciones contra los homosexuales, mientras sí penaliza otras.

Las organizaciones homosexuales reivindican el derecho de orientación sexual como un derecho fundamental de la persona, cuya protección lleva consigo la inclusión del correspondiente delito en el Código Penal, así como en la legislación antidiscriminatoria de la Carta Europea de Derechos Ciudadanos, a fin de homologarla a legislaciones similares vigentes en los países escandinavos, algunos Estados de EE UU y Australia.

Los firmantes del manifiesto invocan el principio constitucional de igualdad y piden al Gobierno que introduzca en nuestra legislación el derecho fundamental de cada persona a decidir libremente su propia orientación sexual y a ser protegido por el ejercicio de este derecho. Piden igualmente "el necesario reconocimiento legal de las parejas no casadas", con independencia del sexo de sus integrantes.

1989/04/29

DOCUMENTACIÓN | DERECHOS | LA COFLHEE PRESENTA UN TEXTO PARA UN PROYECTO DE LEY ANTIDISCRIMINATORIA

La coordinadora "gay" presenta un texto para un proyecto de ley antidiscriminatoria.
A. A. | El País, 1989-04-29

https://elpais.com/diario/1989/04/29/sociedad/609804008_850215.html

La Coordinadora de Frentes de Liberación Homosexual del Estado Español (COFLHEE), que integra colectivos gay de Cataluña, País Vasco, Castilla-León, Castilla-La Mancha, Madrid, Valencia y Andalucía, presentó ayer un texto definitivo que sirva de base para un proyecto de ley antidiscriminatoria. El documento, que modifica artículos de varios códigos y leyes del ordenamiento jurídico español, cuenta ya con el apoyo de varios sindicatos, entre ellos UGT y CNT, según ha declarado a este diario el portavoz del grupo, José Carratalá. El texto se ha remitido a los partidos políticos para su estudio. Las adhesiones se presentarán en un manifiesto el 28 de junio, proclamado como Día Internacional del Gay y la Lesbiana, indicó Carratalá.

El texto deroga normas contrarias "a la tolerancia e igualdad", tal como se afirma en el texto preliminar del proyecto. "Hemos incidido fundamentalmente en el Código Penal, ya que incluye los puntos más discriminatorios", informó el portavoz, "pero también nos referimos al Código Penal Militar, Código Civil, Ley de Arrendamientos y Estatuto de los Trabajadores". En este último texto legal, por ejemplo, con la nueva redacción se prohibiría en los test para acceder a un puesto de trabajo las preguntas relativas a las prácticas sexuales y la discriminación en el desempeño del mismo.

En el Código Civil, se reforman los supuestos de adopción y tutela y los derechos del cónyuge viudo. Hay disposiciones que "pretenden llenar un vacío legislativo, bien complementando supuestos que llevan aparejada una discriminación, bien dictando normas positivas que hagan imposible la discriminación por particulares o por la propia Administración".

El proyecto contiene seis artículos, una disposición derogatoria y un anexo. Carratalá destaca, además de la derogación del nuevo delito de exhibicionismo y actos lúbricos incluido en el Código Penal, la inclusión del supuesto "prácticas sexuales", que se añade a los que recoge la Constitución y que no pueden ser motivo de discriminación de los españoles: el nacimiento, edad, sexo, religión y opinión.

MIKEL/A, AQUÍ ESTAMOS Y NO NOS OCULTAMOS

Mikel/a enseña cacho en la 2ª Gayakanpada de EHGAM, 27-29 agosto 1993, Muxika // STARS COFLHEE es un trabajo realizado por Julen Zabala Alon...