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2019/08/24

DOCUMENTACIÓN | OFENSIVAS | "GAY PANIC", LA ESTRATEGIA LEGAL DE ESTADOS UNIDOS QUE EXCUSA EL ASESINATO DE PERSONAS LGTBI

"Gay panic", la estrategia legal de EEUU que excusa el asesinato de personas LGTBIQ+.
42 Estados permiten usar defensas legales que afirman que la orientación sexual y/o la identidad de género de la víctima causaron las acciones.
Carolina Álvarez Albalá | El Independiente, 2019-08-24
https://www.elindependiente.com/sociedad/2019/08/24/gay-panic-estrategia-legal-eeuu-excusa-asesinato-personas-lgtbiq/

Las llamadas defensas de «gay panic» y «trans panic» son estrategias legales que, según la Asociación de Abogados de los Estados Unidos, «buscan excusar parcial o completamente crímenes como el asesinato y la violación alegando que la orientación sexual o identidad de género de la víctima es la causante de la reacción violenta del acusado». La investigación realizada por el Instituto Williams muestra que «ningún estado reconoce las defensas de pánico gay y trans como defensas independientes bajo sus respectivos códigos penales», pero los acusados ​​han usado defensas de pánico junto con otras estrategias de defensa para intentar reducir la gravedad de sus cargos o sentencias.

A la hora de recurrir a la defensa, el autor afirma que la orientación sexual o la identidad de género de su víctima no solo explica, sino que excusa, su pérdida de autocontrol y la violación posterior. Al absolver total o parcialmente a los autores de crímenes contra víctimas LGTBIQ+, esta defensa implica que las vidas LGTBIQ+ valen menos que otras, tal y como denuncia Movement Advancement Project.

Uno de los casos más famosos que empleó la defensa «gay panic» fue el de Matthew Shepard. En 1998, Matthew Shepard, un estudiante universitario de 21 años, fue golpeado hasta la muerte por dos hombres. Los hombres intentaron usar la defensa «gay panic» para excusar sus acciones. A pesar de la protesta pública generalizada, la defensa todavía se está utilizando a día de hoy.

A continuación, puede verse el mapa de Estados Unidos con los estados en los que no se prohíbe el uso de defensas legales que afirman que la orientación sexual y/o la identidad de género de la víctima contribuyeron a las acciones del acusado (en amarillo) y en los que sí se prohíbe el uso de defensas legales alegando que la orientación sexual y/o la identidad de género de la víctima contribuyeron a las acciones del acusado (las llamadas defensas «gay/trans panic») (en verde).

Tradicionalmente, la defensa del «gay panic» y «trans panic» se ha utilizado de tres maneras para mitigar un caso de asesinato a homicidio u homicidio justificado.

1. Defensa de locura o capacidad disminuida: el acusado alega que una proposición sexual de la víctima, debido a su orientación sexual o identidad de género, desencadenó una crisis nerviosa en el acusado, causando un «pánico» homosexual o transgénero. Esta defensa se basa en un término psicológico obsoleto, trastorno de «gay panic», que fue desacreditado por la Asociación Estadounidense de Psiquiatría y retirado del DSM en 1973. Lamentablemente, a pesar de que el campo médico ha evolucionado con nuestra sociedad cada vez más justa, el campo legal aún tiene que ponerse al día.

2. Defensa de la provocación: La defensa de la provocación permite al acusado argumentar que la proposición de la víctima, a veces denominada «avance sexual no violento», fue suficientemente «provocativa» para inducir al acusado a matar a la víctima. Los demandados que afirman un avance «provocativo» estigmatizan el comportamiento que, por sí solo, no es ilegal ni dañino, sino que solo se considera «provocativo» cuando proviene de un individuo LGTBIQ+.

3. Defensa de la autodefensa: los acusados ​​afirman que creían que la víctima, debido a su orientación sexual o identidad/expresión de género, estaba a punto de causarle daños corporales graves. Esta defensa es ofensiva y dañina porque argumenta que el género o la identidad sexual de una persona los convierte en una amenaza mayor para la seguridad. Además, el “panic” entre homosexuales y trans a menudo se emplea para justificar la violencia cuando el comportamiento de la víctima no cumple con el estándar de daños corporales graves, o el acusado utilizó una mayor cantidad de fuerza que la razonablemente necesaria para evitar el peligro, como usar armas: el atacante estaba desarmado.

¿Por qué es un problema LGTBIQ+?
Las defensas de «panic» se utilizan únicamente para justificar crímenes violentos contra personas LGTBIQ+. Mientras que otros grupos minoritarios son, sin duda, también víctimas de crímenes de odio, hay pocos casos, si es que hay alguno, en los que un acusado afirma que la revelación de la raza, religión u otra identificación minoritaria de alguien los provocó a la violencia. Por el contrario, la defensa del «gay panic» y «trans panic» con frecuencia recurre a estigmas únicos sobre las personas LGTBIQ+, la sexualidad y el género para justificar la horrible violencia contra las personas gay y trans.

La defensa del «gay panic» y «trans panic» ha sido utilizada para absolver a docenas de asesinos de sus crímenes. De hecho, en abril de 2018 se utilizó una defensa «gay panic» para mitigar un cargo de homicidio por homicidio por negligencia criminal. Incluso en los casos en que se ordena a los jurados que no escuchen la defensa del «gay panic» y «trans panic», el sesgo homófobo implícito de escuchar a la defensa puede influir en la decisión del jurado. Por ejemplo, en los casos en que los perpetradores no son absueltos como resultado de una defensa de «pánico» homosexual y trans, el jurado aún puede llegar a un punto muerto porque no puede sacudir la homofobia inherente de la defensa. Cuando se trata de decidir el derecho a la vida de un individuo LGBTQI+, un jurado colgado y una sentencia mitigada tienen el mismo efecto.

1993/03/25

DOCUMENTACIÓN | VIOLENCIA | TRES JÓVENES, CONDENADOS A 16 AÑOS DE CÁRCEL POR VIOLAR Y ROBAR A UNA TRANS

Tres jóvenes, condenados a 16 años de cárcel por violar y robar a un travestido.
El País, 1993-03-25

https://elpais.com/diario/1993/03/26/sociedad/733100407_850215.html 

La Audiencia de Barcelona ha condenado a Fermín Teruel Rodríguez, de 19 años; Alfonso Cerezo Torromé, de 20, y Salvador Cuéllar López, de 19, a 16 años de prisión cada uno por los delitos de violación y robo a F. V., un travestido que ejercía la prostitución en las inmediaciones del Camp Nou, en Barcelona.

La sentencia declara probados los siguientes hechos: el 8 de enero de 1992, los tres condenados se montaron en una furgoneta y se dirigieron a la zona de prostitución. Allí, uno de ellos contrató los servicios de la víctima, que se subió al vehículo, en el que los otros dos se hallaban escondidos. En el vehículo, le amenazaron con una navaja y, tras comprobar que se trataba de un hombre, le obligaron a efectuar una felación a Teruel. Posteriormente le robaron un monedero en el que llevaba unas cinco mil pesetas. F. V. logró zafarse de la vigilancia de los detenidos aprovechando el momento en que Salvador Cuéllar se ponía un preservativo y, tras hacer uso de un aerosol que llevaba para defenderse, se arrojó en marcha por la puerta trasera de la furgoneta, que circulaba en aquellos momentos cerca de la plaza de las Glòries. Como consecuencia de la caída se produjo diversas heridas que le mantuvieron incapacitado durante un mes.

Este hecho es considerado como una prueba contra la argumentación de la defensa de los condenados, que aducía voluntariedad en las acciones de la víctima y, por consiguiente, negaba la existencia de la violación y pedía la absolución de los acusados.

El texto judicial relata como probado que los condenados, tras haber logrado que F. V. subiera a la furgoneta, se abalanzaron sobre él y empezaron a tocarle. Cuando éste les dijo que era un hombre, primero aseguraron no creerlo, pero ante la evidencia de que tenía los pertinentes órganos genitales masculinos, le insultaron y amenazaron repetidamente antes de emplear la fuerza para que le hiciera una felación a Teruel.

La sentencia condena a cada uno de los tres implicados a 12 años de prisión por violación y 4 por robo, y les absuelve del delito de rapto que les imputaba la acusación, aduciendo que la víctima subió a la furgoneta de forma voluntaria.

ANTECEDENTES
"Íbamos de fiesta", dicen tres acusados de violar y raptar a un travestido.
Blanca Cia | El País, 1993-03-09

1993/03/09

DOCUMENTACIÓN | VIOLENCIA | "ÍBAMOS DE FIESTA", DICEN TRES ACUSADOS DE VIOLAR Y RAPTAR A UNA TRANS

"Íbamos de fiesta", dicen tres acusados de violar y raptar a un travestido.
Blanca Cia | El País, 1993-03-09

https://elpais.com/diario/1993/03/10/sociedad/731718008_850215.html

"Me pusieron un cuchillo en la garganta y otro en la sien. Me dijeron que me iban a matar. Yo les dije que era un hombre, pero no me creyeron hasta que me bajé los pantalones y me vieron el sexo. Entonces me dijeron: 'Te vas a enterar de lo que hacemos con gente como tú". Ese fue el relato de Francisco L. V. -un travestido que ejerce la prostitución en los alrededores del estadio del FC Barcelona- del encuentro que tuvo con tres jóvenes en la noche del 8 de enero de 1992. "Íbamos de fiesta", dijeron ellos. Los tres, de 19 y 20 años, fueron juzgados ayer en la Audiencia de Barcelona bajo las acusaciones de violación, robo con intimidación y rapto. Todos están en prisión provisional por la causa y cada uno de ellos se enfrenta a una petición fiscal de 27 años y al pago de una indemnización de 18 millones de pesetas.

Salvador Cuéllar López, Fermín Teruel Rodríguez y Alfonso Cerezo Torromé se encontraron a primera hora de la noche del 8 de enero. "Estuvimos de copas por Badalona [ciudad donde viven]. Estábamos de fiesta. Luego, en la furgoneta, fuimos al campo del Barça", contó Cuellas. Conducía Cerezo, los otros dos estaban en la parte trasera. El conductor paró y preguntó el precio de los servicios: “El ‘francés’ [felación], ¿a cuanto lo haces?”. “A 2.000”, contestó Francisco. Y subió a la furgoneta pensando que en ella sólo estaba el conductor. Dentro vio a los otros dos y también un colchón en el suelo. Inmediatamente, según la versión de la víctima y del fiscal, fue amenazado con las navajas, y con la furgoneta en marcha, en dirección a Badalona, uno de los acusados le obligó a hacer la ‘felatio’; otro, mientras tanto, se disponía a penetrarle por detrás, según dijo la víctima. Antes ya se habían apoderado de lo que encontraron en su bolso. En él llevaba lo ‘normal’, "un machete, un aerosol, preservativos, papeles, un monedero y cosas de pinturas", contó el travestido.

"Ir ciegos"
La versión de los acusados no tiene nada que ver con la de la víctima. Fermín Teruel contó: "Era la primera vez que iba a tener relaciones y resulta que era un hombre. Cuando dijo que era un hombre le cogí las 2.000 pesetas y le di un guantazo". Tanto Teruel como los otros dos procesados negaron haber intimidado con armas blancas al travestido, aunque uno de ellos reconoció que en la guantera llevaba una navaja. Los tres y sus abogados defensores intentaron convencer al tribunal que actuaron bajo el efecto del alcohol y de fármacos. "Íbamos ciegos. Muy morados. Muy a gusto", describió uno.

Cuando uno de los acusados -que al ser detenido llevaba un preservativo puesto “porque tenía novia”- le cogió, Francisco aprovechó para coger un aerosol defensivo de su bolso y rociar a sus atacantes. Abrió la puerta de la furgoneta y saltó en marcha. El impacto contra el asfalto, al que cayó semidesnudo, le provocó numerosas lesiones y conmoción cerebral. No pudo trabajar durante un mes.

SEGUIMIENTO
Tres jóvenes, condenados a 16 años de cárcel por violar y robar a un travestido.
El País, 1993-03-25

https://elpais.com/diario/1993/03/26/sociedad/733100407_850215.html

1986/01/17

DOCUMENTACIÓN | VIOLENCIA | ALEGAN EL 'SÍNDROME DEL NORTE' EN EL TRANSFEMINICIDIO DE ERIKA

La defensa de un guardia civil que mató a un travestido alega que actuó bajo el 'síndrome del Norte'.
Ferran Sales | El País, 1986-01-17

https://elpais.com/diario/1986/01/18/sociedad/506386806_850215.html 

El fiscal de la Audiencia de Barcelona solicitó ayer que se impusieran 24 años de prisión al guardia civil José Antonio Sánchez García por un presunto delito de, asesinato, cometido en la madrugada del 14 de abril de 1985, al dar muerte al travestido Eduardo Sigfrido Pérez, 'Erika', durante una discusión sobre el pago de un servicio sexual. La defensa calificó los hechos como imprudencia con el resultado de muerte y pidió un año de cárcel. El abogado alegó en defensa del guardia civil que éste se encuentra emocionalmente desequilibrado por sus vivencias durante el tiempo en que estuvo destinado en el País Vasco y que los psicólogos han bautizado con el nombre de síndrome del Norte.

El procesado explicó que en la noche del 13 de abril de 1984, después de recorrer diversos establecimientos nocturnos e ingerir numerosas bebidas alcohólicas, se dirigió a la rambla de Catalunya con la intención de contratar los servicios sexuales de una mujer, pero, al descubrir que la persona que había hecho subir al coche era un travestido, le invitó a descender del vehículo, a lo que éste se negó, si no le pagaba. José Antonio Sánchez reconoció que desenfundó la pistola, cuando en la discusión vio que el travestido sacaba un objeto brillante del bolso. El arma se disparó al recibir un golpe en la mano. "Se desplomó como cuando a un toro le dan una puntilla", explicó el acusado. Añadió que en aquel momento se sintió desorientado y sin saber qué hacer. En un primer momento se dirigió al cuartel para entregarse. Pero la vergüenza de que se supiera que había mantenido relaciones con un travestido, le hizo reconsiderar la decisión de entregarse y trasladó el cadáver a su casa.

El asesinato se descubrió por el reguero de sangre que siguió la policía y que la condujo de un descampado en el que había arrojado el cadáver al piso del acusado. Un testigo excepcional fue el guarda de seguridad Fermín Estivill, que oyó el disparo cuando pasaba con su vehículo junto al coche del guardia civil, y siguió al acusado por las calles, hasta que lo perdió.

El fiscal, Carlos Ganzermüller, hizo hincapié en las contradictorias explicaciones que, en relación a la discusión en el automóvil, había dado el acusado y especuló sobre que no hubiera existido el arma del travestido.

El defensor, Juan Antonio Roqueta, centró sobre todo sus preguntas en torno a los especiales trastornos psíquicos que afectan al acusado a raíz de un incidente ocurrido durante su destino en el País Vasco, cuando un compañero murió, junto a él, en un atentado terrorista. Este tipo de trastornos ha sido bautizado como ‘síndrome del Norte’.

El guardia civil fue también juzgado ayer, en la misma causa, por un delito continuado de falsificación al utilizar en diversas ocasiones una tarjeta de crédito que el acusado había encontrado en una discoteca. Por estos hechos el fiscal pidió que se le impusieran tres años de cárcel y 90.000 pesetas de multa.

1985/07/24

DOCUMENTACIÓN | VIOLENCIA | EL INFORME FORENSE OBSERVA EL 'SÍNDROME DEL NORTE' EN EL ASESINO DE LA TRANS ERIKA

Los forenses observan el "síndrome del norte" en el guardia civil que mató a un travestido.
EP | El País, 1985-07-24

https://elpais.com/diario/1985/07/25/sociedad/491090405_850215.html 

El guardia civil José Antonio Sánchez García, de 25 años de edad, que el pasado 14 de abril mató de un disparo al travestido Eduardo Sigfrido Pérez Lana, conocido como ‘Erika’, ha sido procesado por un delito de homicidio doloso. El informe realizado por los forenses dice que el guardia civil padece el denominado "síndrome del norte", al haber estado destinado unos meses en el País Vasco. El guardia, que se encuentra detenido en el cuartel de este cuerpo en la Zona Franca de Barcelona, al estar acogido a las prerrogativas otorgadas por el Código de Justicia Militar, prestará declaración mañana a las nueve de la mañana.

El titular del Juzgado de Instrucción número 10 de Barcelona, Pedro Martín, que lleva el caso, también ha procesado al guardia civil por un delito de falsedad en documento mercantil, ya que se le acusa de haber utilizado en su beneficio una tarjeta Visa que, al parecer, se encontró en el interior de una cartera en un local nocturno de Barcelona.

El auto indica que el guardia civil disparó mortalmente con su arma contra el travestido. No se hace ninguna referencia a un supuesto intento por parte de la víctima de amenazar al guardia civil con una navaja, como declaró el presunto homicida al ser detenido.

El informe solicitado por el juez a los forenses señala que el procesado padece el "síndrome del norte" como consecuencia de la "tensión psicológica que viven las Fuerzas de Seguridad del Estado" en el País Vasco.

El informe pericial añade que en el momento de los hechos "la situación psicológica y emocional del encausado no era normal" y que "ingirió esa noche una cantidad apreciable de bebidas alcohólicas, que le empujó a contactar con el travestido".

Una de las causas que ha motivado el retraso de este auto de procesamiento es que el fiscal había solicitado que se citara como testigo a un travestido, compañero de la víctima, que en su día efectuó unas declaraciones por televisión, asegurando que el procesado era cliente habitual de ‘Erika’. No obstante, este testigo ha rehuido el llamamiento de la justicia y no se ha personado en el juzgado.

Y TAMBIÉN…
El 'síndrome del Norte'.
Psicólogos y policías advierten del peligro mental para los agentes destinados en el País Vasco.
Carlos Yárnoz | El País, 1985-08-10
https://elpais.com/diario/1985/08/11/espana/492559208_850215.html

1985/04/16

DOCUMENTACIÓN | VIOLENCIA | EL GUARDIA CIVIL QUE MATÓ A UNA TRANS DECLARA QUE SE LE DISPARÓ EL ARMA

El guardia civil que mató a un travestido declara que se le disparó el arma.
El País, 1985-04-16

https://elpais.com/diario/1985/04/17/espana/482536807_850215.html

El guardia civil José Antonio Sánchez García, de 25 años, que el pasado domingo mató de un disparo al travestido Eduardo Lamo Pérez, ‘Erika’, de la misma edad, declaró ayer a la policía que se le disparó el arma en el transcurso de un forcejeo cuando la víctima quiso agredirle con una navaja, mientras se encontraban en el interior de su coche. Según la declaración de José Antonio Sánchez, el pasado domingo acudió a la Rambla de Cataluña y contactó con un travestido, ‘Erika’, quien, una vez en el automóvil del guardia, le dijo que lo condujera hasta la oscuridad del pasaje de la Concepció. Una vez allí, y siempre según la declaración del detenido, el travestido se ofreció a hacerle una ‘fellatio’, pero Sánchez se negó, lo que provocó una disputa entre ambos.

El travestido intentó entonces salir del vehículo, pero el detenido no le dejó. En ese momento, ‘Erika’ sacó de su bolso una navaja y el guardia esgrimió un revólver que, según él, "se me disparó".

En la declaración de José Antonio Sánchez, que se efectuó ayer por la tarde en presencia de su abogado defensor, el penalista Juan Antonio Roqueta, el guardia explicó que al ver que había matado al travestido trasladó el cuerpo hasta su casa, donde le ató de pies y de manos, lo envolvió con una manta y lo escondió debajo de la cama.

Tres horas después intentó deshacerse del cadáver. Lo bajó por el ascensor y lo ató en el parachoques trasero de su ‘R-12’, al no poder cargar con el cuerpo, de unos 90 kilogramos de peso.

El guardia civil puso en marcha el coche y arrastró el cadáver de ‘Erika’ hasta la calle de Marroc, situada muy cerca de su casa y donde poco tiempo después sería descubierto.

MIKEL/A, AQUÍ ESTAMOS Y NO NOS OCULTAMOS

Mikel/a enseña cacho en la 2ª Gayakanpada de EHGAM, 27-29 agosto 1993, Muxika // STARS COFLHEE es un trabajo realizado por Julen Zabala Alon...