1978/12/27

DOCUMENTACIÓN | POLÍTICA | MALESTAR DE LOS TRABAJADORES DE LOS SEX-SHOPS POR EL CIERRE DE LOS MISMOS

Malestar de los trabajadores de los "sex-shops" por el cierre de los mismos
El País, 1978-12-27

https://elpais.com/diario/1978/12/28/madrid/283695856_850215.html

Empleados de los diez ‘sex shops’ (tiendas de sexo) clausuradas recientemente por el Gobierno Civil de Madrid se reunieron ayer con el fin de expresar su protesta por tal medida. En el comunicado hecho público por los trabajadores de estas tiendas del sexo se afirma que no se entiende cómo se puede aplicar para la clausura de los establecimientos un decreto de 1958, «cuando, según comunicaciones del Gobierno, se supone debieran quedar fuera de uso todas las leyes anteriores a la Constitución. No podemos comprender cómo es de aplicación un decreto de 1958, sancionando a uno de 1977, opinando que dicho decreto debe de quedar en desuso tras la aprobación por el pueblo de una Constitución para todos».

Los citados empleados aseguran que en estos locales no se ve ningún objeto desde la calle y que entrada está prohibida a menores de edad, y que ellos no obligan a nadie a visitar dichos locales. Expresan igualmente su inquietud por el hecho de que ninguno de los sex shops han estado abiertos durante más de seis meses en función de venta, por lo que sus trabajadores no se pueden acoger al seguro de desempleo.

Asimismo, se preguntan en el comunicado si «los organismos competentes nos van a imponer una moral y buenas costumbres y cuáles son esas buenas costumbres, y, además, qué es lo que atenta en estos locales contra la salud y la moral pública».

«Siendo, como dicen todos, desde el Gobierno hasta el Parlamento, una democracia pluralista en libertad para todos nosotros, preguntamos por qué se cierran los sex-shop y nos quedamos todos en el paro.»

DOCUMENTACIÓN | DERECHOS | CONSEGUIR ANTICONCEPTIVOS SIGUE SIENDO DIFÍCIL

Conseguir anticonceptivos sigue siendo difícil
Karmentxu Marín | El País, 1978-12-27

https://elpais.com/diario/1978/12/28/sociedad/283647605_850215.html 

Con más de mes y medio de retraso sobre el plazo anunciado, el Gobierno ha regulado la expedición de anticonceptivos por un decreto del Ministerio de Sanidad publicado en el Boletín Oficial del Estado, el pasado día 25. Este decreto desarrolla la ley de 7 de octubre de este año, que modificó los artículos 416 y 343 bis del Código Penal. Algunos piensan que las campanas lanzadas al vuelo para saludar lo que se ha denominado despenalización de la venta y publicidad de anticonceptivos han sonado de forma prematura. Las opiniones son para todos los gustos: desde las que afirman que la reforma del Código Penal desde el punto de vista de los anticonceptivos es nula, hasta las que dicen que esto supone una retención de los medios anticonceptivos ha elaborado la siguiente información.

Las españolas, el 53% de la población de este país, van a tener prácticamente las mismas dificultades que hasta ahora para conseguir anticonceptivos, aunque la reforma del Código Penal de 7 de octubre de este año y el reciente decreto del Ministerio de Sanidad, que regula su expedición y publicidad, pudieran hacer creer lo contrario. En última instancia, el acceso a los anticonceptivos de venta en el mercado español -hasta ahora, casi exclusivamente, los anovulatorios- queda en manos de los médicos, de los que, si bien nadie discute su competencia y la necesidad de un control clínico para el consumo de determinadas sustancias farmacológicas, también se teme, como ha venido sucediendo en muchos casos, que se opongan a la receta de anticonceptivos tras alegar razones deontológicas. Parece que la solución estaría, por una parte, en que la reforma de la Seguridad Social incluyera la posibilidad de elección de médico y, por otra, en que no se pusieran trabas para la comercialización de métodos anticonceptivos no exclusivamente químicos, que, hasta ahora, tienen una nula presencia en el mercado español.

Las disparidades en torno al tema de los anticonceptivos han empezado a hacerse patentes en el seno de la propia Administración. De hecho, la clasificación que de los medios anticonceptivos ha hecho la Subdirección General de la Condición Femenina, del Ministerio de Cultura, y la del decreto del Ministerio de Sanidad, publicado el pasado día 25, contienen algunas diferencias. Condición Femenina considera los espermicidas como medios ‘mecánicos’ de evitar la procreación, mientras que Sanidad los clasifica como ‘químicos’, y los incluye en la consideración de especialidades farmacéuticas, que el decreto somete a un rígido control.

Estas diferencias entre Sanidad y Condición Femenina se hicieron patentes también el pasado día 14, fecha en que el Ministerio de Sanidad inauguró un centro de orientación familiar en Vallecas, apertura en la que no estuvo presente ninguna componente del equipo de Condición Femenina.

El nuevo artículo 343 bis del Código Penal, reformado por ley del pasado 7 de octubre, establece que «los que expendieren medicamentos de cualquier clase o medios anticonceptivos sin cumplir las formalidades legales o reglamentarias serán castigados con las penas de arresto mayor y multa de 20.000 a 100.000 pesetas». Como disposición adicional de la citada ley, se decía que «el Gobierno, en el plazo de un mes, a partir de la publicación de la presente ley, regulará, mediante decreto, la expedición de anticonceptivos», regulación que no se ha hecho hasta el pasado día 25, es decir, más de un mes y medio después del plazo fijado.

La expendición de anticonceptivos estaba ya regulada. El decreto de 1 de diciembre de 1977 sobre publicidad de especialidades farmacéuticas prohibía toda publicidad que no fuese regulada por el Ministerio de Sanidad, y hacía referencia a las especialidades farmacéuticas reguladas en la orden de 11 de mayo de 1977, que estipula la obligatoriedad de la receta para la venta de anovulatorios, y el decreto de 10 de agosto de 1963, al que se remite la citada orden. También el decreto de Sanidad se remite a estas dos disposiciones legales citadas.

Los cambios son nulos
A juicio de Pedro Luis Yáñez Román, jurista de la Universidad Autónoma de Madrid y asesor de la Federación de Organizaciones Feministas hasta la disolución de ésta, «de todo lo anterior, con la remisión de unas disposiciones a otras, se desprende que los cambios hechos en la materia son nulos. El decreto de agosto de 1963 fue desarrollado por dos órdenes: una de 7 de enero de 1964, que prohíbe la publicidad de especialidades y enfermedades venéreas, y otra de 14 de agosto de 1965, sobre anticonceptivos. Esta orden de 1965 está recogida íntegramente por la ya citada de 11 de mayo de,, 1977, y también por el actual decreto del Ministerio de Sanidad. En definitiva, sigue siendo obligatoria la receta para poder comprar anovulatorios y sigue prohibida la publicidad de anticonceptivos si no está autorizada previamente por Sanidad».

«Por otra parte -sigue Pedro Luis Yáñez-, el decreto de 1 de diciembre de 1977 prohíbe la publicidad de anticonceptivos sin la autorización previa de la Dirección General de Ordenación Farmacéutica. Pero hay que tener en cuenta que en ningún caso se permite la publicidad de las especialidades farmacéuticas que necesitan receta, por lo que la citada prohibición resulta innecesaria.»

El señor Yáñez explica que «el nuevo decreto no supone ningún cambio porque, en definitiva, se sigue castigando a quien expenda anticonceptivos sin receta, aunque su consumo y uso nunca ha estado penado, según reconoce una sentencia del Tribunal Supremo de 1947. Con arreglo a la legislación vigente y al nuevo decreto de Sanidad, la receta continúa siendo obligatoria, salvo en el caso -y ésta es la única excepción- de los dispositivos intrauterinos que, curiosamente, no se venden en las farmacias ni se pueden colocar en casa, sino que tiene que hacerlo un médico, aparte de que su seguridad es menor que la de los anovulatorios. Incluso, se da un paso atrás al aumentar las penas para quienes infringieran estas normas: antes, la pena máxima era un multa de 20.000 pesetas y arresto; ahora sube a arresto mayor y la multa puede ir de 20.000 a 100.000 pesetas, además de que en la actualidad se considera como un delito contra la salud pública».

Reforma demagógica y espectacular
«Es un precepto legal -sigue el profesor Yáñez- basado en la presunción espúrea de que los anticonceptivos corrompen la moral y las buenas costumbres. Es como si para dramatizar el uso de las motos se prohibiera el uso de cascos de seguridad. Por otra parte, el que se le haya convertido en un delito contra la salud pública es ya viejo, pues lo apuntaban las circulares de la Fiscalía del Tribunal Supremo, de 2 de marzo de 1906 y 5 de mayo de 1908, que se remitían a las Reales Ordenanzas de Farmacia de entonces. Estas lo justificaban "porque es notoriamente escandaloso lo que de un modo tan directo y público ultraje la moral y las buenas costumbres (...) por cuanto tienden a contrariar la naturaleza con daño o menoscabo de sus funciones". Considero que esto va en perjuicio de la mujer como persona y como clase, pues suprime una decisión emanada del derecho a la intimidad, ya que el uso de anticonceptivos queda a criterio del médico y a éste se le convierte en una especie de delegado gubernativo.»

«En esta línea de opinión -termina Pedro Luis Yáñez- está también el diputado socialista Pablo Castellanos, quien, según el Diario de Sesiones de las Cortes, declaró, con motivo de la discusión del proyecto sobre anticonceptivos que esta es una reforma inútil, pírrica, demagógica y espectacular".»

A juicio de Jaime Cortezo, presidente del Patronato de Protección a la Mujer, miembro de la Comisión de Codificación y militante de UCD, el decreto del Ministerio de Sanidad que regula la publicidad y expedición de los anticonceptivos «es echar agua al vino» con respecto a la ley de reforma del Código Penal de 7 de octubre de este año, ya que, opina, «el decreto de Sanidad da una interpretación restrictiva a la citada reforma».

«En cuanto a que se exija receta para los anticonceptivos en cuya composición entran sustancias químicas que pueden estar contraindicadas para una determinada persona, no me parece criticable, sino oportuno. En Estados Unidos creo que no se despachan gafas oscuras sin receta -sigue el señor Cortezo-. Ahora, es cierto que aquí puede haber choques con la deontología de determinados médicos que pueden negarse a extender esa receta.»

Jaime Cortezo no cree que pueda hablarse de un aumento de sanción para quienes expendan anticonceptivos sin receta: «El nuevo artículo 343 bis del Código Penal castiga con penas de arresto mayor y multa de 20.000 a 100.000 pesetas a quienes expendieren medicamentos de cualquier clase o medios anticonceptivos sin cumplir las formalidades reglamentarias. La modificación consiste en incluir en este artículo los medios anticonceptivos, pero el que ahora sea un ‘delito contra la salud pública’ es disminuir el sentido filosófico de la clasificación, ya que antes estaba en el título de ‘delitos contra las personas’. El antiguo artículo 416 del Código Penal castigaba con arresto mayor y multa de 5.000 a 100.000 pesetas a quienes vendieran, anunciaran o divulgaran medicamentos, sustancias o procedimientos capaces de provocar o facilitar el aborto o de evitar la procreación. Si ahora la punición económica va de 20.000 a 100.000 pesetas, lo único que se ha hecho es elevar el mínimo de la multa. Y hay que tener en cuenta que en el Código Penal se han ido modernizando las multas, ya que las 100.000 pesetas de ahora no son las de antes. La ley de Enjuiciamiento Civil castiga con 250 pesetas de multa la no comparecencia de testigos en un juicio. ¿Qué ciudadano va a dejar durante una mañana el trabajo para evitar una sanción tan ridícula»

El control médico es necesario
El equipo de la Subdirección General de la Condición Femenina, del Ministerio de Cultura, no ha querido juzgar con precisión hasta qué punto la reforma del Código Penal del pasado mes de octubre y el decreto del Ministerio de Sanidad suponen avances e innovaciones reales para la mujer. Suzelle Bannel, especialista en medios anticonceptivos, comenta que «la planificación familiar no puede reducirse al consumo de anovulatorios. Pedimos medios menos agresivos que la píldora, que es hormonal, o métodos mecánicos, como el diafragma Para tomar anovulatorios es necesario un control médico, pero para mí el problema no es que los vendan o no, sino poder ir al médico que quieras y que te recete lo más adecuado. Por otra parte, hay que tener en cuenta que la división de los anticonceptivos hecha por Sanidad y por Condición Femenina no coincide. Yo he clasificado los espermicidas como medios mecánicos porque, aunque tengan composición química, no pueden valorarse como los anovulatorios. Darles la misma clasificación me parece sorprendente».

María del Mar Vanaclocha, subdirectora general de la Condición Femenina, tampoco quiere entrar a juzgar las reformas, aunque opina que «la política de planificación familiar no es sólo un control demográfico, sino el derecho de la persona a regular su sexualidad. Hablar sólo de la píldora es un error, pues también hay que considerar los medios naturales y otros métodos. La Administración debe regular la expendición de anticonceptivos, porque si no podrían ganar las multinacionales o las empresas con monopolio. Los anovulatorios no deben darse sin receta, ya que si una medicina la emplea una persona que no deba tomarla, puede sufrir trastornos». A la pregunta de si le parece positivo el decreto sobre estos temas elaborado por Sanidad, la subdirectora general responde: «Es difícil saberlo.»

Tany Mulero y María Dolores Díez, que llevan la parte jurídica de Condición Femenina, opinan que «el decreto de Sanidad pretende retener el uso indebido de anticonceptivos. Ese decreto no parece demasiado contundente ni creemos que sea importante el trato que se da a los productos químicos; lo que preocupa es que no potencia otro tipo de métodos, como el diafragma. En definitiva, es una retención. de los medios anticonceptivos, no sólo de los químicos».

«Esperemos -termina Tany Mulero- que no se hagan distingos entre mujer soltera y casada desde el punto de vista moral, aunque sí en cuanto a la seguridad de los métodos. En esto nuestra intención es clara: el tema está en la Subdirección General de la Condición Femenina y no en la de la Familia.»

1978/11/29

DOCUMENTACIÓN | OFENSIVAS | PROTESTA SINDICAL POR EL DESPIDO DE DOS TRABAJADORAS ACUSADAS DE LESBIANISMO

Protesta sindical por el despido de dos trabajadoras acusadas de lesbianismo.
Jaime Millas | El País, 1978-11-29

https://elpais.com/diario/1978/11/30/economia/281228425_850215.html

Ayer tarde se efectuó una concentración de varios centenares de personas frente a los locales de la AISS en señal de protesta por el juicio que hoy tendrá lugar en la Magistratura de Trabajo por despido de dos trabajadoras de una empresa textil situada en La Eliana, acusadas de lesbianismo. Ambas jóvenes tienen veintiún años. El pasado 27 de septiembre, la empresa Juan Vicente Llorens, SA, sancionó de empleo y sueldo por quince días a dos de sus empleadas «porque su conducta incumplía las normas de convivencia en el centro de trabajo». Tres días después, la empresa cambiaba dicha suspensión por el despido, acogiéndose al artículo 191, apartado 13, de la vigente Ordenanza Laboral de la industria que hace referencia a la comisión de «actos inmorales».

El sindicato textil de Comisiones Obreras ha calificado este despido de «intolerable intromisión de la empresa en la vida personal de sus trabajadores», actuación que, según Comisiones Obreras, es frecuente en el ramo textil, sector del que recientemente ha sido despedida una trabajadora de la empresa Portodello por ser madre soltera. Asimismo, el citado sindicato ha denunciado la arbitrariedad de estos despidos que «pretenden sustentarse en consideraciones supuestamente morales sometidas a una ideología machista que atenta al derecho inalienable de la persona a mantener libremente su vida afectiva».

Por su parte, diversas organizaciones feministas y de homosexuales, así como organizaciones políticas de la izquierda extraparlamentaria, se han solidarizado con las despedidas, para las que solicitan la readmisión, al tiempo que exigen la derogación de la ley de Peligrosidad Social.

1978/11/27

DOCUMENTACIÓN | VIOLENCIA | ASESINADOS EN SAN FRANCISCO EL ALCALDE GEORGE MOSCONE Y EL SUPERVISOR HARVEY MILK

Asesinado el alcalde de San Francisco.
Agencias | El País, 1978-11-27

https://elpais.com/diario/1978/11/28/internacional/281055614_850215.html

El alcalde de San Francisco, George Moscone, fue muerto a tiros en su despacho, ayer, en compañía de Harvey Milk, nuevo supervisor de la comisión permanente del Ayuntamiento de la ciudad. Según algunos testigos, el funcionario Dan White, que había sido cesado por el alcalde de su cargo de supervisor, fue visto poco después cuando abandonaba el edificio y la policía le ha detenido como principal sospechoso.

Moscone fue quien nombró en 1976 a Jim Jones, líder de la secta Templo del Pueblo, protagonista del suicidio colectivo de Guyana, delegado de Vivienda de San Francisco. Jones ocupó este cargo hasta pocos meses antes de trasladarse a Guyana.

Con el nombramiento de Jones, el alcalde de San Francisco compensó el apoyo que el líder de la secta le había prestado en las elecciones para la alcaldía. Hace tres días, Moscone hizo una defensa de Jones ante las cámaras de TV, cuando fue interrogado sobre los sucesos de Guyana, en los que más de novecientos miembros de la secta se suicidaron.

Sin embargo, la policía no cree que haya vinculación entre los citados hechos y el asesinato de Moscone. La hipótesis más barajada es que el crimen responde a querellas internas dentro de la administración municipal.

LECTURAS
Harvey Milk era aliado político de un asesino de masas.
Jose Ángel González | Distrito Latino, RTVE, 2013-07-23

https://blog.rtve.es/distritolatino/2013/07/harvey-milk-jim-jones.html

1978/11/23

DOCUMENTACIÓN | OFENSIVAS | SUSPENDIDAS POR ORDEN GUBERNATIVA LAS FIESTAS DE LIBERACIÓN SEXUAL EN PROSPERIDAD

Suspendidas las fiestas de Liberación Sexual en Prosperidad.
El País, 1978-11-23

https://elpais.com/diario/1978/11/24/madrid/280758260_850215.html

Las fiestas de Liberación Sexual que habrían de celebrarse en el barrio de Prosperidad a partir de hoy, han sido suspendidas por orden gubernativa. Las fiestas de Liberación Sexual habían sido promovidas por el Frente de Liberación Homosexual de Castilla, FLHOC, con el apoyo, de doce entidades y organizaciones juveniles, políticas y feministas, así como de numerosos intelectuales y artistas. La Dirección General de la Juventud ha negado su autorización para realizar las fiestas en los locales del Centro Cultural San Martín-Prosperidad a los solicitantes, miembros de las entidades que apoyan los actos, toda vez que el FLHOC carece de entidad legal para organizarlos. Ante esta situación el Gobierno Civil de Madrid ha decidido prohibir la realización de las jornadas.

En un comunicado hecho público ayer por el FLHOC, esta organización expresa su más enérgica protesta por esta decisión, «que junto a las continuas detenciones de homosexuales (Barcelona en julio, Bilbao en octubre, Madrid en noviembre) y la permanencia de seiscientos de ellos en la cárcel, indican la represión de homosexuales y lesbianas en este país. A ello se une la vigencia de la ley de Peligrosidad Social, y los despidos por homosexualidad como los denunciados en Valencia en días pasados».

1978/10/17

DOCUMENTACIÓN | REUNIÓN EN VIGO | PLATAFORMA COMÚN Y CONTRA LA CONSTITUCIÓN


Los frentes de liberación homosexual, contra la Constitución.

Gerardo G. Martín | El País, 1978-10-17

https://elpais.com/diario/1978/10/18/espana/277513212_850215.html

El rechazo al actual proyecto de Constitución «por no contemplar el derecho inalienable a la libre orientación sexual de la persona» ha sido uno de los más importantes acuerdos de la IV Coordinadora de Frentes de Liberación Homosexual del Estado Español, reunida en Vigo. Los grupos participantes, ocho en total, no tomarán parte en campaña alguna con vistas al próximo referéndum y estiman, según su declaración, que no habrá una plena democracia en tanto siga vigente toda la actual legislación represiva de la sexualidad.

La coordinadora ha elaborado por primera vez una plataforma común de dieciocho puntos que incluye amnistía para todos los encarcelados, recluidos y sometidos a medidas de seguridad y rehabilitación por aplicación de la legislación represiva en materia sexual, derogación de la ley de Peligrosidad Social y otras leyes semejantes, no fijación de edad para el consentimiento sexual, obligación de impartir información y educación sexual adecuada, considerando la sexualidad «no sólo como un medio de reproducción, sino también, y fundamentalmente, como una fuente de placer y de comunicación interpersonal», y otras reivindicaciones.

1978/10/16

DOCUMENTACIÓN | EHGAM TRASLADA SUS REIVINDICACIONES AL CONSEJO GENERAL VASCO

El Consejo General Vasco estudia los problemas de los homosexuales.
El País, 1978-10-16

https://elpais.com/diario/1978/10/17/sociedad/277426810_850215.html

El viernes pasado se celebró una reunión entre representantes del Consejo General Vasco y del Movimiento de Liberación Homosexual de Euskadi (EHGAM). En el transcurso de este encuentro ambas partes estudiaron con detenimiento las reivindicaciones que plantean los homosexuales vascos en relación con la discriminación y opresión que sufren, y a través del director del Departamento de Derechos Humanos, señor Recalde, se transmitieron una serie de peticiones concretas a cada una de las consejerías relacionadas con esta materia.

Los representantes de EHGAM solicitaron del Consejo una actitud dirigida a la modificación de las leyes, instituciones e ideología de las sociedades, vasca y del Estado español, con respecto a la homosexualidad. Con ese fin se acordó redactar un comunicado sobre los problemas, limitaciones sociales y civiles, que padecen los homosexuales.

1978/10/14

DOCUMENTACIÓN | REUNIÓN EN VIGO | PLATAFORMA COMÚN Y SOLICITUDES DE LEGALIZACIÓN

Tres organizaciones de homosexuales solicitarán su legalización.
Gerardo González Martin | El País, 1978-10-14

https://elpais.com/diario/1978/10/15/sociedad/277254013_850215.html 

Tres organizaciones de homosexuales han acordado presentar documentación al Ministerio del Interior, en noviembre, para solicitar su legalización acogiéndose a la ley de Asociaciones, según acuerdo adoptado por la IV Coordinadora de Frentes de Liberación Homosexual del Estado español, reunida en Vigo.

«Pensamos que es el momento adecuado para hacerlo -han manifestado a El País-, vamos a cuestionar las libertades políticas, al tiempo que exigimos una respuesta clara y definida de las organizaciones que nos apoyan. Si nos legalizan se pondrá en contradicción todo lo que hay legislado en materia de moral y buenas costumbres; si no nos legalizan, el propio sistema democrático se definirá.»

El Euskal Herriko Gay Askapen Mugimendua, el Frente Homosexual de Cantabria y el Frente de Liberación Gay de Cataluña, que hizo la propuesta, son los únicos frentes que solicitarán la legalización, cuestionada por otros grupos y que algunos consideran un paso atrás del movimiento.

En la reunión de la coordinadora se ha acordado convocar por primera vez un encuentro estatal del movimiento homosexual, que se celebrará en septiembre de 1979 en un lugar todavía no determinado y en el que se debatirán todos los problemas relativos a esta temática, en algunos casos en sesiones abiertas a todos los ciudadanos.

Se ha valorado muy positivamente la jornada del 25 de junio, convocada como ‘día del orgullo gay’ en diversas zonas.

La coordinadora, que ultimará hoy sus reuniones, prepara una plataforma común y una declaración sobre el proyecto constitucional, criticado ya «por no reconocer el derecho a la libre orientación sexual de la persona, situación esta que se agrava desde la actual vigencia de todas las leyes represivas de la sociedad».

En la coordinadora han participado, con representación directa o mediante adhesiones, ocho frentes y organizaciones de todo el Estado.

1978/10/06

PELÍCULAS | Iglesia, Eloy de la | El diputado

Iglesia, Eloy de la (Director) (1978). El diputado. Figaro Films ; Producciones Cinematográficas UFESA.


El diputado. 1978. Estreno: 1978-10-06. 116 min. Dirección: Eloy de la Iglesia. Guion: Eloy de la Iglesia, Gonzalo Goicoechea. Reparto: José Sacristán, María Luisa San José, José Luis Alonso, Enrique Vivó, Agustín González, Queta Claver, Ángel Pardo, Juan Antonio Bardem. Figaro Films ; Producciones Cinematográficas UFESA.

Roberto Orbea, que había sido militante clandestino de un partido de izquierdas durante el franquismo, es elegido diputado en las elecciones de 1977. En el momento más importante de su carrera, cuando está a punto de ser nombrado Secretario General de su partido, es víctima del chantaje de un grupo de extrema derecha que amenaza con airear su homosexualidad.

1978/09/25

PELÍCULAS | Olea, Pedro | Un hombre llamado Flor de Otoño

Olea, Pedro (Director) (1978). Un hombre llamado Flor de Otoño. José Frade P.C. ; Panorámica.


Un hombre llamado Flor de Otoño. 1978. Estreno: 1978-09-25. 106 min. Dirección: Pedro Olea. Guion: Rafael Azcona, Pedro Olea. Teatro: José María Rodríguez Méndez. Reparto: Reparto: José Sacristán, Francisco Algora, Carlos Piñeiro, Carmen Carbonell, Roberto Camardiel, Antonio Gamero, José Franco, Antonio Corencia, Marisa Porcel, Félix Dafauce, Carlos Lucena, María Rivas, María Elena Flores, Mimí Muñoz, Víctor Israel, Enrique Vivó, Fernando Sánchez Polack, Francisco Jarque, Sonsoles Benedicto, Ángel Menéndez, Manuel Pereiro, Mario Álex, Alfred Lucchetti, Pedro Almodóvar. José Frade P.C. ; Panorámica.

Lluis de Serracant es un abogado que desciende de una ilustre familia catalana. Vive en la Barcelona de los años veinte y, durante el día, lleva una vida aparentemente normal, pero es homosexual y, por la noche, trabaja como travesti en un pequeño cabaret con el nombre profesional de Flor de Otoño. Cuando otro travesti es asesinado, Flor de Otoño se convierte en sospechoso del crimen porque la noche anterior ambos habían discutido violentamente. Armengol, protector del travesti asesinado, es también de esa opinión, por lo que, junto con una pareja de matones, espera a Flor de Otoño y tras una terrible paliza le abandonan en la puerta de su casa vestido de mujer.

Lluís Serracant lleva una doble vida. Por el día es un abogado, miembro de una influyente familia de la burguesía catalana que vive con su madre viuda, y por la noche trabaja como cantante transformista en un cabaret con el nombre artístico de ‘Flor de Otoño’. Además, tiene un novio anarquista con el que comparte ideas además de la cama. Lluís decide junto con su novio y otro amigo llevar a cabo un atentado contra el tren en el que viajará el dictador Primo de Rivera. El plan era de un cliente y camarada suyo que no puede ejecutarlo por estar encarcelado. Roban explosivos de un polvorín y esperan el momento oportuno para colocarlos y hacer saltar un puente al paso del tren. Mientras tanto, es asesinado uno de los cantantes del cabaret, y Armengol, la pareja del muerto, piensa que el asesino ha sido Lluís porque habían discutido el día anterior y el finado le había amenazado, por lo que le da una paliza y lo deja a la puerta de su casa, llamando para que la madre de Lluís vea su condición de homosexual y travestido. Lluís, en venganza, organiza un atraco a una farmacia y urde un plan para inculpar a Armengol. Cuando este último se ve perdido ante la policía, denuncia las actividades anarquistas de Serracant, lo que provoca su seguimiento policial y da al traste con todos los planes.

MIKEL/A, AQUÍ ESTAMOS Y NO NOS OCULTAMOS

Mikel/a enseña cacho en la 2ª Gayakanpada de EHGAM, 27-29 agosto 1993, Muxika // STARS COFLHEE es un trabajo realizado por Julen Zabala Alon...